Régimen de visitas para abuelos
ANA ISABEL DOMINGUEZ CARABANTES
Abogado de Zaragoza especializado en Asesoramiento jurídico a empresas
Es un derecho que tienen los abuelos (art. 160 C.C), que reconocen los Tribunales. Los abuelos tienen derecho de visitas al margen de los padres. Los abuelos pueden exigir un regimen de visitas para ver a sus nietos, y el mismo dependerá de las condiciones de cada caso, hay que estudiar cada caso.
Puede ejercitar el derecho a tener a su nieto de una forma periodica y ordenada, y ello de forma independiente de lo que opinen los padres, debe acudir a un abogado y estudie el caso, y le aconseje sobre interponer la correspondiente demanda para ejercitar sus derechos.
Un saludo,
Ana Domínguez Carabantes (www.valorgttv.com)
Buenos días,
Pueden solicitar un régimen de visitas exclusivo para los abuelos y adaptado a la distancia geográfica existente entre Ponferrada y Zaragoza. Es obligatoria la intervención de Letrado y Procurador para solicitar el régimen de visitas.
Si lo desean, pueden pasarse por mi despacho y comentaremos tranquilamente el asunto. La primera visita es gratuita.
Pueden consultar mis datos en el perfil que aparece en la página web y solicitar una cita en mi oficina.
Saludos cordiales.
Abogado de Familia Mostoles Eduardo Llarena Jarabo
Abogado de Móstoles especializado en Derecho de la Vivienda
En principio las visitas serían para el padre de la niña. Si él no puede ejercerlas, podrían pedirlas ustedes por vía judicial. Normalmente la podrían tener la mitad de las vacaciones escolares de la menor, siempre previa valoración del equipo psicosocial del juzgado. Suerte.