Régimen de visitas con un lactante
Abogado sucesiones Estepona - Planelles y Romero Abogados
Abogado de Estepona especializado en Derecho Civil
El régimen de custodia general es el de custodia compartida que se puede determinar por semanas o cada 15 días.
En este caso la custodia compartida es más difícil dado que cada uno reside en provincias distintas, por lo que se podría intentar una custodia exclusiva para la madre y régimen de visitas a favor del cónyuge no custodio, que serían fines de semana alternos.
En cuanto a la pernocta, es difícil que no se la concedan al padre con el régimen de visitas, la menor está próxima a los dos años, la lactancia es puntual y con leche artificial por lo que el padre puede dar el biberón a la menor.
De todas formas hay que estudiar el caso concreto y sus circunstancias especiales, pues cada pareja y el entorno del menor es distinto.
Abogado de Divorcios en Málaga JUAN MANUEL MATEOS ABOGADOS
Abogado de Málaga especializado en Derecho Civil
Buenas tardes. Hay mucha jurisprudencia sobre el tema,tanto a favor como en contra de separar al lactante de su madre. Yo he llevado asunto, dónde no se separó de la madre al bebé por su dependencia a la lactancia natural materna. Aunque se puede regular visitas al progenitor paterno. Tengo sentencias, hasta los 3 años de edad del bebé, de no separarlo de la madre. Un saludo,y quedo a su disposición.