Registrar contrato alquiler local comercial.......merece la pena hoy...
Buenos días,
Entiendo que al arrendar el local usted lo utilizará y ocupará a fin de hacerlo servir en su actividad mercantil. Dicho contrato, como fuente de derechos y obligaciones le permitirá hacerlo de forma legítima.
En el supuesto que el arrendador, o el nuevo adquiriente en el caso de que enajenara el inmueble, deseara desahuciarlo a usted debería hacerlo mediante un procedimiento judicial, en concreto un juicio verbal.
En esta línea, mientras usted disponga de su copia del contrato y cumpla con las distintas obligaciones que deriven del mismo, no pueden promover una acción de desahucio en este sentido.
Le recomiendo que exija que el contrato se registre en el organismo autonómico competente para ello (en Cataluña es el INCASOL). Esperamos haberle sido de ayuda.
En les Illes Balears usted dispone del IBAVI (Institut Balear de l´habitatge). Un saludo