Renuncia de herencia y me ha embargado dinero de la cuenta
Abogado incapacidades Vigo - Carlos Sánchez Rodríguez
Abogado de Vigo especializado en Invalidez
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Buenos días,
En principio y con los datos que me facilita, le puedo decir que si en ningún momento tomo posesión de la herencia, y además, renunció a esa herencia ante notario, no debería ser considerado como deudor. De hecho, antes de ejercer acciones contra un teórico heredero del que se desconoce su estatus, se debería requerir a este formalmente para que acepte o renuncie a su herencia.
Debería personarse en el procedimiento para no ser considerado deudor y que se le devuelva todo lo embargado.
Espero haberle sido de ayuda. Si necesita de mis servicios profesionales estaré encantado de atenderlo.
Un cordial saludo
Abogado Herencias Logroño Blasco Abogados
Abogado de Logroño especializado en Derecho Administrativo
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Si no se le ha notificado nada en relación con el monitorio y ha renunciado a la herencia sin que haya hecho nada que haga suponer que la aceptó, tendrá que averiguar más datos sobre el monitorio para saber si puede hacer o no algo contra la resolución de la que se deriva el embargo, algo que aconseja siempre contratar a un abogado para ello. Si desea ampliarnos la información facilitada, puede contactar con nosotros y pedirnos un presupuesto.
Abogado Castellón - JULIO PLANELL FALCO
Abogado de Castelló de la Plana especializado en Derecho Urbanístico
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Efectivamente si usted ha repudiado la herencia, debe entenderse que nunca ha sido heredero, por lo que le sugiero que se ponga en manos de un abogado de su localidad, le lleva la copia notarial de la repudiación de herencia, al objeto de que se persone en el procedimiento y efectúe los trámites procedentes para la devolución de lo embargado.