Renuncia a parte de herencia
Abogado Herencias Madrid SERGIO PADROS
Abogado de Madrid especializado en Derecho de Sucesiones y Donaciones
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Mejor respuesta según autor
Buenos días.
La herencia puede ser aceptada o repudiada, pero en su totalidad, es decir no se puede ni aceptar ni renunciar parcialmente a una herencia.
En el caso que me indica, es decir que la participación que le corresponda en esas casas, pase a sus tíos, puede aceptar la herencia y luego extinguir el proindiviso con ellos y que se lo adjudiquen,
Por otro lado tenga en cuenta que la herencia no es necesario que se acepte de forma expresa, sino que se considera que esta aceptada en el momento en que lleve a cabo cualquier acto en su consideración de heredero.
Si desea cualquier aclaración, no dude en ponerse en contacto con el despacho.
Un cordial saludo
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La herencia puede ser repudiada, si bien en su totalidad, es decir, no cabe renunciar parcialmente a parte de ella. Respecto a los problemas que pueden acarrear el derribo de dichas casas son de índole muy distinto, sin que dispongamos aquí del espacio necesario para responderla, motivo por le que le invitamos a ponerse en contacto con este despacho sí así lo necesitara.
ISIDRO GÓMEZ DOMÍNGUEZ - ABOGADO DIGITAL
Abogado de Bilbao especializado en Responsabilidad Civil
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Completamente de acuerdo con el criterio de mi compañero de Padros, respecto de la aceptación de la herencia, modo de realizarse, etc.; para poder deshacerse de las casas problemáticas, deberá extinguir su condominio a favor de los parientes cotitulares que lo deseen. Saludos.
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NO se puede renunciar parcialmente a la herencia ni renunciar si ya se ha aceptado.
En el caso de derrumbamiento depende del daño que causen y de la normativa municipal, pero sería Ud. responsable como coheredero.
Un saludo