¿Qué requisitos tengo que cumplir para que me den la custodia de mi hija?
Abogado Herencias Madrid SERGIO PADROS
Abogado de Madrid especializado en Derecho de Sucesiones y Donaciones
Si le concedieran la guarda y custodia de su hija, que supongo ahora tiene el padre, este tendría derecho a un régimen de visitas, que se podría pactar de mutuo acuerdo o se dilucidaría en sentencia.
En cuanto a la reclamación de los atrasos, tendría que solicitarlos en ejecución de sentencia, y se pueden reclamar los últimos cinco años.
Para todo ello necesita la intervención de Abogado y Procurador, por lo que le aconsejo que realice la correspondiente consulta con un Abogado, para que estudie la sentencia que tenga usted ahora y poder evaluar las posibilidades de solicitar el cambio de custodia y el resto de modificaciones que quiera usted solicitar, así como la posible reclamación de cantidad.
Para cualquier otra aclaración estamos a su disposición.
Un saludo
Abogado Divorcio Zaragoza Felipe Fernando Mateo Bueno
Abogado de Zaragoza especializado en Derecho de Familia
Buenos días
Sinceramente la consulta es un poco confusa, por lo que convendría diera más detalles.
En todo caso, le den o no le den la custodia de su hija, el padre no puede llevársela a donde quiera.
Que esté sin trabajo tampoco es un problema para que le den la custodia, es más, puede favorecer el hecho de que tiene más tiempo para atenderla.
Y en cuanto a la pensión "de los 4 años y medio", seria conveniente que aclarase si está fijada en alguna resolución judicial, si es así, se pueden reclamar los atrasos de los últimos 5 años.
Sin otro particular, quedo a su disposición para cualquier aclaración que pueda precisar
Reciba un atento y cordial saludo
Abogado de Familia Mostoles Eduardo Llarena Jarabo
Abogado de Móstoles especializado en Derecho de la Vivienda
Si usted tuviera la custodia el padre tendría un régimen de visitar.
El tema del trabajo no es un problema para la custodia, salvo incapacidad absoluta de mantener a la menor o de tener un domicilio.
No se puede pedir la pensión salvo desde el momento de presentación de la demanda.
CASTRO & DEL POZO - ABOGADOS
Abogado de Alcalá de Henares especializado en Derecho Penal Común
Por lo que leo no tiene ningún convenio regulador ni ninguna medida judicial al respecto por lo que no puede pedir nada de forma retroactivo. Debería solicitar unas medidas paterno filiales para que regular todas las cuestiones.