Con respecto al empadronamiento
Advocat Banyoles - Q & B Advocats
Abogado de Banyoles especializado en Derecho Penal Común
-
1 voto útil
Para contraer matrimonio civil, no hace falta estar empadronado en el municipio donde se celebre. El expediente si que ha de tramitarse en el municipio donde uno de los contraientes este empadronado, pero se puede remitir al municipio donde de va a celebrar el matrimonio.
Abogado Extranjería Barcelona - Murcia Advocats
Abogado de Barcelona especializado en Derecho del Trabajo
Buenos dias.
En principio la respuesta que tiene es correcta.
No obstante para un mejor estudio del tema le sugerimos una visita a nuestro desopacho ( totalmente gratuita )
JOSEP MURCiA i ARENAS
Telf. 639 790 489
ABOGADO DESPIDOS BARCELONA IB ABOGADOS
Abogado de Barcelona especializado en Derecho del Trabajo
Buenas noches, el empadronamiento no es un requisito que la ley exige para celebrar un matrimonio. Estoy de acuerdo con la opinión de los compañeros de otros despachos.
un saludo
ISIDRO GÓMEZ DOMÍNGUEZ - ABOGADO DIGITAL
Abogado de Bilbao especializado en Responsabilidad Civil
Comparto criterio con Q&A sobre no necesidad de empadronamiento, saludos.