Responsabilidad del abogado contratado

El abogado recibió una cantidad ó cantidades como PROVISION DE FONDOS , para diversos gastos ( causa , letrado , procurador ) . Realizando un pago al PROCURADOR/RA , sobre sus honorarios , aun que según parece no hizo el pago total contraído , ( el letrado recibió cantidad suficiente de dinero para hacerlo ) . Ahora el PROCURADORA/RA me reclama ésa cantidad . De cada pago realizado por el letrado que me defiende he recibido resguardo de los mismos , incluyendo el pago que se suponía único , de honorarios de PROCURADOR/RA . Al ser contratado el letrado , éste se encargó de la contratación de PROCURADOR/RA , por lo que considero , que la responsabilidad y obligación de efectuar el pago , es del letrado , que recibió de nuestra parte la PROVISION DE FONDOS acordada .

Respuestas de otros profesionales:
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Maria Antonia Martorell Heras

Maria Antonia Martorell Heras

Abogado de Inca especializado en Derecho de Familia

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Buenos días, como le han comentado mis compañeros, indicarle que es cierto que se trata de profesionales independientes y que cada uno devenga sus propios honorarios. No obstante es habitual que el abogado haga de intermediario entre los pagos del cliente y el procurador, pero para ello debe quedar constancia por escrito. Usted menciona que realizo un pago al abogado en concepto de honorarios de procurador. Si usted tiene este resguardo, en el caso de que le llevaran a juicio podría alegar que dicho pago se realizó por medio del abogado y aportar tal justificante, pero insisto, en ese justificante debe constar claramente que el pago que se realiza es para cubrir los honorarios del procurador, pues en caso contrario se imputaría a los gastos del abogado y por tanto seria lícito que el procurador reclamase sus honorarios.
Para cualquier duda o aclaración puede ponerse en contacto conmigo, saludos!

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ISIDRO GÓMEZ DOMÍNGUEZ - ABOGADO DIGITAL
  • 1 profesionales de acuerdo
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Se trata de dois profesionales independientes y seguramente su intervención en el juicio era obligatoria, por lo que se devengan los honorarios de ambos, otra cosa será lo que tenga documentdo como pagado a cuenta al procurador y/o al abogado. Saludos cordiales.

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CAMILLE PRADO SILVA

Abogado de Eivissa especializado en Derecho Penal Común

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Buenos días,

Se trata de profesionales diferentes, y por lo tanto, cada uno emite su factura (individual y separada) por los servicios profesionales prestados, a no ser que se pacte otra cosa, los honorarios del Procurador no compite al abogado. El procurador intervine en determinados Procedimientos por que así lo exige la legislación. Para ser mas concisa, la ley orgánica del del Poder Judicial, en sus artículos 543 a 546; la Ley de enjuiciamiento civil en sus artículos 23 a 34, y el Estatuto general de los Procuradores de España Real decreto 1281/2002, regulan la figura del Procurador en los Procedimientos Judiciales.
Un cordial Saludo

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ILLESLEX

ILLESLEX

Abogado de Palma de Mallorca especializado en Derecho Laboral

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Buenos días

Hay algunos aspectos que en su exposición no refiere, como si usted llegó a apoderar a dicho procurador en el Juzgado o por poder, si el procurador llegó a realizar actuaciones judiciales en su nombre...

En principio entiendo que usted deberá satisfacer los honorarios debidos al procurador que le representó y reclamar al abogado por el dinero entregado para satisfacer al procurador y que no se realizó, así como si lo considera oportuno presentar una reclamación en el Colegio de Abogados.

Saludos

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Advocat Banyoles - Q & B Advocats

Advocat Banyoles - Q & B Advocats

Abogado de Banyoles especializado en Derecho Penal Común

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Los honorarios del Procurador no se incluyen en las provisiones de fondes de los Abogados, siempre se facturan por el Procurador al cliente. A no ser que se pactase expresamente lo contrario.

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