Responsabilidad civil por atropello de perro
Estimado Sr/Sra., cuando un tercero ha provocado un daño en nuestros bienes tenemos derecho a un resarcimiento. Tenga en cuenta que en el caso de considerarse que hubo una imprudencia o intención en la causación del daño y función del valor de los daños y las circunstancias en las que se produjo, por la vía de denuncia penal prescribirá a los seis meses. Si por el contrario se considera que no hubo intención ni imprudencia penal, no cabe denuncia sino demanda civil y ésta prescribe al año. Atentamente, Sonia Puebla. Abogada de Multilegal en Guadalajara.
Buenos días, respecto a su consulta sobre el atropello de su gato le comentamos, que evidentemente tiene Usted el derecho a reclamar por el daño ocasionado a su animal doméstico. Este sería un procedimiento civil en que usted debería reclamar la cantidad en que se valore el resarcimiento por el daño producido, en dicho procedimiento, deberá de acreditarse, el siniestro, y que la conducta del conductor ha sido la que ha ocasionado el daño a su animal de compañía..
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Abogado de Barcelona especializado en Derecho de Familia
Buenas tardes, le aconsejamos denuncie lo sucedido y exigía que la aseguradora del coche le pague. www.agabogados.cat
BARCELONA - EJP ABOGADOS
Abogado de Barcelona especializado en Derecho Civil
Lo aconsejable es denunciar los hechos y tratar de que la aseguradora del vehículo se haga cargo de los daños.