Retirar la pensión alimenticia

Tengo un hijo de cerca de 19 años. En segundo de la ESO sacó 8 suficientes (casi regalados). 3º y 4º de la ESO lo hizo en un centro de menores (por violencia familiar). Estoy divorciado de hace años. Y 1º de bachiller ha faltado todo el año (ni lo conocen en el instituto, yo me enteré por una plataforma escolar. Se tiró 6 meses engañándome. Se acuesta a las 2 ,3 o 4 de la mañana y se levanta a las 12,00 o 13,00. Está todo el día conectado a redes sociales. Mi pregunta: ¿Se le puede retirar la pensión alimenticia? ¿Dar un toque en el juzgado?
Es lo que se conoce como NiNi. Es urgente.
Gracias

Respuestas de otros profesionales:
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Rocio Garcia Martin

Abogado de Granada especializado en Derecho Penal Común

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Las pensiones alimenticias no se extinguen por el mero hecho de que los hijos alcancen la mayoría de edad. Los hijos tienen derecho a recibir alimentos hasta que sean independientes económicamente, es decir, cuando puedan procurarse por sí mismos los medios de vida para atender sus necesidades.
Sin embargo, la obligación alimenticia que tienen los padres con los hijos está condicionada a que la falta de recursos por parte del hijo no sea consecuencia de una causa imputable al mismo. Cuando el hijo no quiere estudiar ni buscar trabajo la pensión debe extinguirse, si bien en estas situaciones los Juzgados suelen acordar que el progenitor no custodio siga pagando la pensión durante un plazo (generalmente no superior al año), transcurrido el cual la obligación queda extinguida.

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BUFETE LUIS MOLINA

BUFETE LUIS MOLINA

Abogado de Granada especializado en Derecho Civil

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Es viable reclamar la extinción de la pensión de alimentos a través de un procedimiento de Modificación de Medidas cuando los hijos son ninis (ni estudian ni trabajan), pero para ello es fundamental acreditar el nulo aprovechamiento docente, es decir, que habrá que esperar a las notas de fin de curso para demostrar que su hijo ya no es merecedor de la prestación y poder retirarla. No es algo que usted pueda hacer unilateralmente por la vía de hecho (dejar de pasar la pensión) sino que depende de que así lo permita una Sentencia. En caso de ser de su interés este bufete ubicado en Granada puede tramitar llegado el momento (notas de fin de curso) la modificación judicial de medidas. Un cordial saludo.

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RAFAEL SERVILLERA DELGADO

Abogado de Granada especializado en Derecho Penal Común

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Buenos días, en principioi la pensión alimenticia no se la puede retirar aunque sea mayor de edad, por poco, lo que supongo es que la madre tiene otorgada la guarda y custidia del mismo, aunque la patria potestad estará compartida.
Ya no se le puede obligar a ir al colegio, tiene capacidad o libertad para hacerlo y mucho menos si no convive con usted, pero para darle una información mas correcta deberia conocer mas datos de su divorcio/separación
Un saludo.

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Abogado Castellón - JULIO PLANELL FALCO
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Comparto la tesis de mi compañero, y para no seguir pasando la pensión hay que plantear una modificación de medidas, con todas las pruebas de que se dispnga, y habrá de estarse a lo que dicha la sentencia, una vez ésta sea firme.

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Abogado Herencias Fuengirola - Álvaro J. Gracia García -
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Habría que interponer demanda de modificación de medidas justificando la extinción de la pensión de alimentos. Si le interesa que le lleve el asunto, póngase en contacto conmigo. Estoy a su entera disposición.

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