Revisión de la pensión alimentaria
Buenos días, tal como le han respondido otros compañeros, la pensión se puede revisar si las circunstancias han cambiado con respecto al momento en el que se estableció dicha pensión. Por tanto, si se dan tales circunstancias, se puede iniciar un procedimiento de modificación de medidas.
Con respecto al asunto del embargo, imagino que está relacionado con impago de alimentos. Si acredita el pago no habrá ningún problema para el levantamiento del embargo. De lo contrario, habría que estudiar detenidamente el caso pues en función de muchos factores contaríamos o no con esa posibilidad.
Un saludo.
Abogado divorcio Cádiz - Jesús López Del Castillo
Abogado de Cádiz especializado en Derecho Penal
Buenos días,
Para solicitar la revisión de la pensión de alimentos, tienes que instar un procedimiento de modificación de medidas, para lo cual, es necesario que se acredite que han cambiados las circunstancias que existieron en el momento de dictarse o acordarse la pensión actual, para ello es necesario estudiar su documentación y ver la viabilidad real de su caso.
Respecto al levantamiento del embargo, solo es viable si abona todos los atrasos.
Para cualquier duda o aclaración me tiene a su disposición.
un saludo
Abogado Urbanismo Cádiz JRG Abogados
Abogado de Chiclana de la Frontera especializado en Derecho Civil
Habría que iniciar un procedimiento de modificación de medidas. Es necesario probar que la situación ha cambiado. Respecto al embargo, necesitaría tener más detalles para contestar. Un saludo
Juan R Gimenez