Revisión pensión alimenticia

Buenos días os detallo mi caso, me separé hace 4 años, hicimos un convenio regulador en el cual yo por ignorancia o por no querer forzar mas la situación, firme una pensión alimenticia de 400 euros al mes mas el ipc al año, aparte el colegio y los gastos del niño, yo cobro 1700 euros al mes, y con esas cantidades no llego a fin de mes, he tratado de hablarlo con ella y no quiere saber nada.
Yo trabajo en una empresa publica pero no soy funcionario, llevo 2 o 3 años sin subirme el ipc, con la nomina estancada y me quitaron la paga de navidad del año pasado.
Mi pregunta es si puedo pedir una revisión de la pensión alimenticia y como podría hacerlo.
Un Saludo

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Abogado Majadahonda Maria Luisa Herrero
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Estimado Sr.: con los antecedentes que nos cuenta, mi opinión es que su pretensión de modificación probablemente no prosperará, porque no se ha producido una modificación sustancial de las circunstancias que tuvieron ustedes en cuenta para firmar el convenio regulador (la no subida del sueldo no es suficiente). Desgraciadamente, su situación no es anormal. En el momento de la separación o divorcio en ocasiones el obligado a la prestación alimenticia no mide exactamente la responsabilidad que está asumiendo con la firma de una cuantía concreta, normalmente deseoso de llegar a un acuerdo. Sin embargo, la modificación de esas cantidades pactadas es posteriormente muy difícil, sobre todo cuando las circunstancias se mantienen idénticas al momento en que se firmó el convenio.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
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VELA ABOGADOS

VELA ABOGADOS

Abogado de Madrid especializado en Derecho Bancario

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Buenas tardes. El procedimiento a seguir es el de modificación de medidas. Efectivamente, coincido con la compañera en que para modificar las medidas que se dictaron en su momento, como es la cuantía de la pensión de alimentos, han de haber cambiado sustancialmente las circunstancias. Sin embargo, también es cierto que si no lo intenta, extrajudicialmente no va a conseguir nada, toda vez que sobre la pensión de alimentos no caben transacciones entre las partes, es decir, que no caben acuerdos entre los progenitores. Quedamos a su disposición para estudiar su caso con más detalle.

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