Revisión de la pensión alimenticia de mi hija por no llegar a fin de mes
buenas tardes. En su pregunta veo varias cuestiones a tratar. En primer lugar las obligaciones adquiridas con su primera hija no pueden ser alteradas por el hecho de tener otros dos hijos con su actual pareja, y no es causa de modificación de las medidas adoptadas en el divorcio respecto a su primera hija. Si la cuantía que le reclama su exmujer se corresponde con el importe de la pensión alimenticia, actualizada con arreglo al IPC de los años posteriores a su sentencia de divorcio, mi recomendación es que la abone. Pero si sus circunstancias económicas de sueldo y estabilidad en el empleo han cambiado respecto a las existentes a la fecha del divorcio, tal vez debería plantearse solicitar una modificación de medidas, pero será difícil porque se protegerá más los derechos de su hija
Para aumentar el importe de los alimentos hay que acudir a una demanda de modificación de medidas, que requiere de abogado y procurador. Además, las modificaciones no son sencillas y debe acreditarse muy bien el motivo del cambio, que han cambiado las circunstancias y que ello requiere ese cambio que se pide, y, entre otras cosas, que la necesidad del cambio no derive de una actuación del que pide ese cambio. Si le presentan demanda por este motivo, sin demora acuda a abogado especialista de familia para que le asista , asesore y defienda sus intereses. Desde nuestro despacho podemos asumir su defensa si lo desea.
Entiendo que mientras tu ex tiene que formular demanda solicitando la modificación de medidas en aras a lograr el incremento de la pensión.
Para el caso en que lo haga tendrías que contestar a dicha demanda para lo que requieres de la asistencia de abogado y procurador.
En dicha contestación habría que probar todos tus ingresos y gastos y la improcedencia de tal incremento al no haber existido circunstancias económicas mejoradas respecto del momento en que se fijó dicho importe actual en concepto de pensión de alimentos, en el convenio regulador.
Le atenderemos en la persona de Ane Miren Magro.
Abogado Bancario Santander ROSA JUAREZ ABOGADOS
Abogado de Santander especializado en Derecho Penal
Si la subida que le pide su ex pareja por por aumento del IPC tendrá ud que pagarlo. Si es en un procedimiento de modificación de medidas ella debe de demostrar que su situación a cambiado a mejor para que la pensión de alimentos sea aumentada. Lo que debe de hacer ud. es en función de sus nuevas circunstancias económicas pedir una modificación de medidas (sea uno u otro caso de los que le he expuesto) para que el Juez le reduzca la pensión de alimentos que paga a su hija y que no sean ni los 370 que le pide ni los 308 que venía pagando sino algo mas ajustado a su nueva situación económica
Debe instar una modificación de medidas para lo que requiere de la asistencia de abogado y procurador.
Ha de probarse en dicha demanda que existe una alteración sustancial de las circunstancias, en este caso económicas (aumento de gastos por más hijos, reducción de ingresos etc) ya que es este el requisito que se viene exigiendo por la jurisprudencia para que se admita a trámite dicha demanda y pueda properar su petición.
Le atenderemos en la persona de Ane Miren Magro si lo desea.
ERCILLA ABOGADOS
Te aconsejo que solicites una modificación de medidas; si puedes acreditar que tu situación económica no es la misma que tenías cuando se adoptó el acuerdo vigente, no deberías tener problemas en que se te apruebe la revisión de la pensión (a la baja).