Robo en piso de alquiler
Administrador de Fincas Las Palmas - AL Abogados
Abogado de Palmas de Gran Canaria especializado en Derecho Civil
Buenas tardes, independientemente del tipo de seguro que tenga su arrendador, los daños los cuales no sean imputables a su persona, como es este caso deberán ser cubiertos por el arrendador sin ir mas lejos es una de sus obligaciones" Conservación de la vivienda en estado de servir para satisfacer las necesidades permanentes de vivienda del arrendatario, realizando las reparaciones necesarias para dicho fin"
No obstante le aconsejo que mire cuales son el riesgo asegurado en el contrato de seguro de su arrendador pues no seria extraño que cubriese los daños materiales y si es algo mas amplio puede incluso cubrir el robo.
Espero que tenga suerte y estamos a su disposición.
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Estimada amiga, para poder responder a su pregunta sería necesario revisar las condiciones del contrato de seguro, especialmente las particulares. No obstante, sin perjuicio de lo que se estipule en dichas cláusulas, sería lógico que al menos estuviesen cubiertos los daños al inmueble, para ello seguro que le van a exigir que interponga una denuncia.