¿Qué se debe presentar al banco para que pongan la mitad de una cuenta de mi padre fallecido a nombre de mi madre?
Sangroniz Abogados
Abogado de Vitoria-Gasteiz especializado en Derecho de Familia
Si has hecho la partición de la herencia y la has pasado por Hacienda, en principio no te falta nada. Con ello, el testamento y el certificado de últimas voluntades, es más que suficiente. Lo que posiblemente pasa es que el director piensa que vas a mover ese dinero y no le guste, pero eso ces su problema. Tienes todo el derecho de hacerlo por que dicho dinero ya es vuestro o de tu madre.
Abogado de Familia Las Palmas Ruano Abogados
Abogado de Palmas de Gran Canaria especializado en Derecho Tributario
Efectivamente, si no existen bienes inmuebles no es necesario que se haga un documento notarial, debería bastar con el documento privado que han hecho para Hacienda, siempre y cuando ese deposito aparezca en el inventario de bienes heredados.
Si no hay inmuebles y en el documento privado se ha efectuado un reparto de los bienes (además de haber liquidado el IS, lógicamente) la entidad financiera NO PUEDE exigirle nada más.
También deberán entregar al banco documento de aceptación de la herencia.
Un saludo.