¿Se puede anular la cláusula suelo actual al 3%?

-
1 voto útil
-
Mejor respuesta según autor
Buenos días
Más que arreglo lo que procedería es una demanda de nulidad de la cláusula por abusiva, que viene siendo concedida por los Tribunales, aunque siempre depende del caso.
Si quiere que estudiemos la viabilidad en su caso le ofrecemos una primera visita con caracter gratuíto.
Puede ponerse en contacto con nosotros si lo desea.

Abogado recobro impagados Madrid - Consulting Abogados las Hazas
Abogado de Madrid especializado en Reclamaciones de Impagados
Buenos días;
Con los datos aportados, entendemos que se puede anular dicha cláusula. Debería plantearse una demanda contra la entidad bancaria solicitando la nulidad de la clausula por abusiva. Los Tribunales vienen declarando abusivas este tipo de cláusulas y ello conlleva su nulidad y que deban ser excluidas del contrato. La primera consecuencia de ello es que la cuota a pagar se rebajará porque ya no se podrá aplicar ese mínimo. La segunda consecuencia (que vienen admitiendo muchos Juzgados y Audiencias Provinciales, aunque no todos) es que se declare la nulidad con efecto retroactivo, lo que implicaría que el banco debe devolver al cliente todas las cantidades que haya cobrado de más por aplicar la cláusula suelo. Para cualquier aclaración puede contactar con este despacho donde estaremos encantados de ayudarle

JUAN PÉREZ ARANDA
Abogado de Fuengirola especializado en Derecho de Familia
Habría que ver con detenimiento el contenido y la redacción de la escritura de hipoteca, para ver si existen cláusulas abusivas. Pero lo que es obvio es que más del 90% de las demandas de anulación de cláusula suelo son estimadas por los Juzgados.
La única forma de solución es, una vez examinada la documentación y tras obtener el informe favorable del Banco de España, es presentar una demanda judicial contra su banco.
Pongo mi despacho a su disposición para defender sus intereses.
Reciba un cordial saludo.

Buenas tardes,
Para responder a su pregunta, habría que estudiar su caso en particular. Muchas veces el tener más o menos opciones depende de si le informaron o no de la cláusula suelo, si había oferta vinculante y si ésta se puso a su disposición al menos 3 días antes de la firma de la escritura, etc. En todo caso, y aun sin saber todos los datos, la presencia de un techo tan alto le podría dar posibilidades de éxito.
Un saludo,
Juan Vicente

En principio que la escritura cuente con un techo de ese importe no es significativo en la medida en que el EURIBOR nunca ha llegado a ese tope por tanto la virtualidad de la cláusula techo es nula.
En principio los Juzgados no son reticentes al análisis de dichas cláusulas y si éstas son abusivas o no por lo que habría que estar a quién contrató y en qué momento para interponer la oportuna demanda.
Quedamos a su disposición.

Sí, por supuesto. El techo es manifiestamente elevado por lo que podría tenerse por no puesta. Si Ud. es consumidor, tiene muchas probabilidades de ganar el juicio. Además, empiezan a haber sentencias que incluso reconocen el derecho del consumidor a que le devuelvan las cantidades indebidamente cobradas debido al diferencial porcentual aplicado.
Quedamos a su disposición para cualquier duda.
Un cordial saludo