¿Se puede dictar sentencia sin el informe del fiscal?
ABOGADO TERRASSA - JORGE ZAMORA VALLE
Abogado de Badalona especializado en Derecho de Familia
No puede dictarse sentencia sobre custodia, ni compartida, ni no, sin informe del Ministerio Fiscal. El Ministerio Fiscal debe actuar en todos los procedimientos judiciales en los que se vean afectados los derechos de los menores, y, esto es especialmente cuando deba decidirse sobre la custodia.
El informe puede prestarse por el Fiscal, tras el juicio (por escrito, cuando el Ministerio Fiscal no ha comparecido al juicio) o en el mismo acto de juicio (de palabra, ya que el Fiscal debe comparecer al acto de la vista).
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Abogado de Barcelona especializado en Derecho Concursal
No, no es posible. Si hay menores siempre tiene que haber informe del fiscal para poderse dictar sentencia. Dicho informe se realiza o en el propio acto de juicio si el fiscal está presente, y si no está presente se realizará por escrito siempre antes de dictarse sentencia.
Si se ha dictado sentencia sin ese requisito se podría llegar a pedir la nulidad de actuaciones.
No, de hecho, sería una nulidad de actuaciones. El informe no es vinculante, pero si preceptivo.