¿Se puede prescindir de un miembro de la directiva de un club?

Todos estamos de acuerdo en prescindir de un miembro de la junta de nuestro club porque no aporta nada mas que fastidiar. Si estamos todos de acuerdo ¿podemos "echarlo"? ¿cómo hacerlo? Gracias

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Lopez Sanchez Abogados

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Abogado de Betanzos especializado en Derecho Civil

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Buenos días, ante todo hay que consultar los estatutos del club/asociación donde se vea de que manera se puede "prescindir" de uno de sus socios/miembros. Por lo general este tipo de miembros no tiene un salario (a menos que se diga lo contrario) y dicha elección se decide por cuenta del presidente y/o por la asamblea de socios.
Cualquier duda estamos a vuestra disposición

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Buenos días,
Lo primero que habría que saber si es socio-trabajador o únicamente socio capitalista, es decir, que no trabaja en la empresa.

La mejor solución es comentarlo con el socio que no queréis que siga en el club y comprarle sus participaciones; porque si no es así habría que ver en los estatutos de la empresa cuales son las vías de exclusión de un socio ya que la Ley únicamente coge algunos supuestos que son: el incumplimiento de prestaciones accesorias, violación de la prohibición de competencia por el socio administrador, condena al socio por indemnización a la sociedad.

Espero que le sirva la información, para cualquier consulta puede ponerse en contacto con nuestro despacho y concertar una cita donde exponer más específicamente a su caso las distintas vías para solucionarlo.

Reciba un saludo cordial.

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ABOGADO RESPONSABILIDAD PATRIMONIAL MADRID GALERA ABOGADOS
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Buenos días, entiendo que lo que ustedes pretenden hacer es cesarle de su cargo en la Junta y no expulsarle como socio de su Club. Para poder cesarle deben ustedes acudir a sus Estatutos donde con toda seguridad se recogerán los motivos por los que un miembro de la Junta Directiva puede cesar de su cargo. Quedamos a sus disposición para poder atenderles en nuestro despacho y asesorarles convenientemente.

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Abogado Castellón - JULIO PLANELL FALCO
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Le sugiero que lea ben los estatutos, puesto que entiendo que allí debe venir la respuesta.

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