Se puede quitar una pension compensatoria??

Hace 5 años me divorcie y en mi convenio esta la pension compensatoria, ahora mi ex quiere quitarmela. Puede quitarmela??

gracias

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Adrián Vidal

Adrián Vidal

Abogado de Castelló de la Plana especializado en Derecho de Familia

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Buenas tardes,

Las medidas definitivas que se adoptaron por sentencia pueden ser modificadas si hay un cambio sustancial de las circunstancias (art. 90 del Código Civil).
Su ex marido para eliminar esa pensión deberá iniciar un procedimiento de modificación de medidas y acreditar ese cambio de las circunstancias, que él está en el paro, que usted ahora trabaja (y cuando se había fijado la pensión no), usted se ha vuelto a casar o vive con otra persona... en este último caso, de casarse o por vivir maritalmente con otra persona, el art. 101 prevé expresamente la extinción de la pensión.

Espero que le hay servido de ayuda. Saludos.

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Abogados Barcelona Tomás Dóriga

Abogados Barcelona Tomás Dóriga

Abogado de Barcelona especializado en Derecho de Familia

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Buenas tardes,

En primer lugar habría que ver la sentencia a ver qué plazo o condiciones establece para la compensatoria. Si no dice nada de plazo entonces su ex tiene que alegar un cambio de circunstancias relevante, ya usted haya ido a mejor o él a peor, pero en cualquier caso no es algo automático, requiere un pronunciamiento de un juez y puede alegarse para intentar que no se retire.
Si desea que estudiemos el caso, le ofrecemos una primera visita gratuíta, en la que poder valorar las posibilidades a la vista de la sentencia y de la demás documentación.
Un cordial saludo

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Ballesteros & Ruiz Abogados

Ballesteros & Ruiz Abogados

Abogado de Barcelona especializado en Derecho de Familia

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Sí que existe la posibilidad de solicitar la modificación de las medidas que se establecieron inicialmente en sentencia, siempre y cuando se pueda acreditar que ha habido una modificación sustancial de la situación económica. Todo ello lo tendrá que acreditar documentalmente muy bien, mediante la presentación de una demanda en la que se exponga esa nueva situación que da lugar a la modificación que quiere, y usted tendrá que personarse también con abogado y procurador para oponerse. Si necesita ayuda o realizar alguna consulta no dude en contactar con nuestro despacho. Saludos

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ISIDRO GÓMEZ DOMÍNGUEZ - ABOGADO DIGITAL
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Todas las medidas adoptadas en sentencia pueden ser modificadas si se modifican sustancialmente las condiciones que existían en el momento de su adopción; la pensión compensatoria suele tener un carácter temporal. Espero haber sido útil, saludos cordiales.

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Abogado de Barcelona especializado en Asesoramiento jurídico a empresas

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La pensión compensatoria tiene carácter temporal, por lo que sí puede suprimirse, si se cumplen una serie de circunstancias.

Quedamos a su disposición.

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