Se puede quitar una pension compensatoria??
Muy buenas tardes.
Lo primero es ver si en la sentencia hay algún plazo, en ese caso si no ha pasado el plazo no puede dejar de pagarla. En caso de que no haya plazo, entonces sólo puede dejar de pagarla si su es lo pide ante el mismo juez que la concedió y entonces habría que valorar si han cambiado totalmente las circunstancias de cuando se concedió (si usted tiene un mejor trabajo, si él lo tiene peor, etc.) Es decir que no es algo automático sino que hay que argumentarlo ante un Juez y éste decide en función de todo ello.
Si desea comentar el asunto con más detenimiento, le ofrecemos una primera visita gratuíta para examinar la sentencia y aconsejarle.
Un cordial saludo
ABOGADO TERRASSA - JORGE ZAMORA VALLE
Abogado de Badalona especializado en Derecho de Familia
Existen casos y causas por las que se puede eliminar la pensión compensatoria.
Ahora bien, su ex deberá iniciar un proceso judicial para ello, en el que usted podrá defenderse de esa petición y demostrar, en su caso, que debe mantenerse su pensión.
Para más información puede contactar con este despacho
ABOGADO VIOLENCIA DE GENERO GRANOLLERS Silvia Catot
Abogado de Granollers especializado en Derecho Penal Común
Buenos días,
La ley establece los parámetros para que una pensión compensatoria pueda ser revisada. Para poder responder a su pregunta, seria necesario conocer su situación y circunstancias.
SI lo desea puede pedir día y hora y así podré contestar a su pregunta e inquietudes al respecto.
Cordialmente,
Buenas tardes,
Deberá presentar una demanda y argumentar en su contra los motivos que fundamenten dicha petición.
Si ha recibido ya la demanda del Juzgado, y desea que le asesoremos, puede contactar con nuestro despacho a través de los datos que aparecen en la página.
Un cordial saludo
ISIDRO GÓMEZ DOMÍNGUEZ - ABOGADO DIGITAL
Abogado de Bilbao especializado en Responsabilidad Civil
Todas las medidas adoptadas en sentencia pueden ser modificadas si se modifican sustancialmente las condiciones que existían en el momento de su adopción; la pensión compensatoria suele tener un carácter temporal. Espero haber sido útil, saludos cordiales.
Sólo podría quitársela si Usted conviviera con otra persona, o su situación económica hubiera mejorado tanto que ya no existiera dicho desequilibrio, y sólo puede retirársela un juez.
En general la pensión compensatoria tiene una vigencia limitada, ya sea por pacto o por sentencia judicial, mire lo que pone el Convenio o la sentencia.
Abogado Castellón - JULIO PLANELL FALCO
Abogado de Castelló de la Plana especializado en Derecho Urbanístico
Paa no ser repetitivo, comparto la tesis de mi compañera Maroa Aramzazu Cagigal.
Abogado accidentes Bilbao Tamara Diez
Abogado de Bilbao especializado en Derecho Civil General
Si las condiciones han cambiado es posible solicitar una modificación de la misma.
Abogado Divorcio Ourense CONCEPCIÓN ÁLVAREZ OTERO
Abogado de Ourense especializado en Derecho Civil General
Si las condiciones han cambiado se podrá solicitar una modificación de medidas
Abogado de Divorcio Rubí Ecumen Advocats
Abogado de Rubí especializado en Derecho de Familia
De acuerdo con las últimas respuestas.