Separación sin estar casados
José Luis Lechuga Sancho
Abogado de Puerto de Santa María especializado en Responsabilidad Civil
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En el presente supuesto se mezclan dos asuntos.
1 Tendríamos que estudiar la situación laboral en que usted quedaría para no perjudicarse.
2 Con respecto a la hija en común y a la hipoteca, habrá que adoptar unas medidas definitivas que regulen la guarda y custodia de la misma, así como el régimen de visitas y de alimentos. La custodia no tiene por qué otorgarse al que tenga mayor capacidad económica, sino que depende de otros múltiples factores que hay que analizarlos detalladamente.
La hipoteca habrá que solucionarlo igualmente mediante la extinción del condominio o atribuyendo el uso al que se quede con la custodia de la menor.
Somos especialistas tanto en Derecho Laboral como en familia, por lo que estaríamos encantados de ayudarle en lo que necesite.
Un saludo
Ariadna Lenarczyk Der - Abogada
Abogado de Granada especializado en Derecho Civil
Estimada usuaria. Efectivamente, lo más aconsejable es que lleguen ustedes a un acuerdo y que éste se refleje en el convenio regulador redactado por un abogado. En caso contrario, deberán acudir a vía judicial mediante demanda. En cuanto a su situación laboral, su expareja no podrá despedirla sin tener motivo para ello. La mera ruptura de la relación sentimental entre ustedes no es causa suficiente. El despido debería basarse, por ejemplo, en causas económicas acreditadas, ausencias o faltas de puntualidad injustificadas o justificadas cuando superen cierto límite, embriaguez, ofensas, etc. Si su expareja la despide podrá impugnar su decisión ante tribunales. Espero haberle servido de ayuda. Un saludo.
Ariadna Lenarczyk Der - Abogada
Abogado de Granada especializado en Derecho Civil
Estimada usuaria. Efectivamente, lo más aconsejable es que lleguen ustedes a un acuerdo y que éste se refleje en el convenio regulador redactado por un abogado. En caso contrario, deberán acudir a vía judicial mediante demanda. En cuanto a su situación laboral, su expareja no podrá despedirla sin tener motivo para ello. La mera ruptura de la relación sentimental entre ustedes no es causa suficiente. El despido debería basarse, por ejemplo, en causas económicas acreditadas, ausencias o faltas de puntualidad injustificadas o justificadas cuando superen cierto límite, embriaguez, ofensas, etc. Si su expareja la despide podrá impugnar su decisión ante tribunales. Espero haberle servido de ayuda. Un saludo.
El procedimiento mas conveniente es elaborar un convenio regulador de mutuo acuerdo. En caso de no alcanzar un acuerdo tendrá que presentar una demanda contenciosa y el Juez conforme a las pruebas planteadas decidira sobre la guarda y custodia de la menor en función de quien esté mas capacitado para su educación se puede solicitar un informe psicosocial forense para que determine estos extremos., que no es vinculante para el Juez pero en la practica lo tiene en cuenta.
Tambien se determinara el uso y disfrute de la vivienda a quien se quede con la guarda y custodia de la menor, la pensión de alimentos que deberá abonar quien no se quede con la niña y el regimen de visitas.
ABOGADO TERRASSA - JORGE ZAMORA VALLE
Abogado de Badalona especializado en Derecho de Familia
La custodia de la hija deberían concederla a quién tenga mayor aptitud y capacidad para ocuparse de su cuidado. Según su situación económica, usted podría solictar una compensación para usted. En el inmueble debería seguir residiendo quien obtenga la custodia de la menor. Y la hipoteca debería tener que seguir pagándose a medias, si el inmuieble es propiedad común. Con la información que me da es lo máximo que puedo contestarle en estas líneas. Puede concretar esta información vía telefónicamente con este despacho, ya que, de este modo, y ante una mayor concreción de su situación familiar, podremos atenernos en mayor medida a su caso concreto.
Buenas tardes, en primer lugar decirle que la custodia para él es muy difícil que se la den. Podríamos hablar de la compartida, pero que sea exclusiva para él, es muy difícil. Hablen e intenten llegar a un mal acuerdo. Ha leído bien, un mal acuerdo en derecho es mejor que un buen juicio porque en este último caso pierde todo el mundo.
Por lo que se refiere al ámbito laboral, no tendría porque rescindir su contrato aunque entiendo que lo hará. Por lo que se refiere a la hipoteca, lo normal sería el pago de cada uno 50%.
un saludo
Lo ideal sería una separación de mutuo acuerdo en que ambos establezcáis el contenido del convenio regulador en que constarán todas las medidas a aplicar, tanto con respecto a la vivienda como en relación con la menor.
Si ello no es posible, cada uno contratará a un abogado y procurador interponiendo demanda de separación a la que se adjuntará el convenio regulador que se solicita sea aprobado.
Le atenderemos en la persona de Ane Miren Magro si lo desea.
Un cordial saludo,
ERCILLA ABOGADOS
PERITOS SEVILLA - PERITOS JUDICIALES - LABORATORIO FORENSE SEVILLA
Abogado de Sevilla especializado en Violencia de género
Hola Nosotros somos Peritos Judiciales pero disponemos de un
departamento de abogados, que les puede asesorar, ayudar y llevar su
caso.
para mas informacion no dude en visitar la pagina web o enviarnos un email.
Web: www.investigadoresprivados.org
Email: servicios.perito@gmail.com
Ademas tambien desde los peritos Judiciales podemos hacerle todo tipo
de tramitacion de documentos como: Correos, Registros de la Propiedad,
trafico, Antecedentes penales, etc ...
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Respecto a la custodia, puede ser tanto para uno de los padres como compartida, uno ó ambos pueden solicitarla y el juez valarará siempre en bien del menor, respecto a su situación laboral necesito mas datos.