Separacion pareja (no de hecho) con hijo de año y medio
Lo mejor es que se ponga en contacto en cuanto antes con un abogado que le explique sus posibilidades. Siempre que pueda probar lo que indica es muy posible que le resulte concedida la guarda y custodia a vd. solicitando así mismo un régimen de visitas para el padre y una pensión de alimentos para el menor.
Todo ello se hace presentando una demanda civil de medidas personales y alimentos, a la que se adjunta el convenio regulador que contendrá las medidas que regirán entre las partes en cuanto a la guarda y custodia, patria potestad del menor y pensión de alimentos para el menor se refiere, así como sobre el disfrute de la vivienda cuya propiedad comparten, de la cual vd, solicitaría el uso y disfrute porque solicitaría la custodia completa del menor.
Ane Miren Magro
ERCILLA ABOGADOS
Con un hijo de año y medio, dificilmente le van a dar de entrada la compartida. En todo caso a partir de los tres años sería más viable. Aún así, se ha de hacer una serie de pruebas para determinar que él no es capaz de tener la custodia del hijo en común. Si anda con la dinámica del alcohol (y espero que no otras sustancias) no es la persona más indicada para tener al niño. La abuela será más un "handicap" moral que legal, porque si tiene los problemas que indica, lo tiene muy complicado. Dar el paso no es fácil por todo el círculo de amistades y familia pero aguantar en esas condiciones tampoco lo es. Un saludo. Nuestro despacho también está abierto el mes de agosto y puede consultarnos sin compromiso ni coste a través de nuestro correo electronico arteropadrosadvocats@gmail.com.
Legalmente la custodia compartida se puede solicitar pero debe ser acordada por el juez atendiendo a las circunstancias del caso, tanto antes de la reciente reforma, como tras la misma. Cosa distinta es el tema de los alimentos que, si bien también dependen de lo que decida el juez, dependerá mucho de quien sea el custodio o persona con la que se quede el menor tras la separación. Son extremos a ver y considerar una vez alcanzados los acuerdos que correspondan o interpuesta la demanda. Gracias.
Buenos días,
La custodia compartida podría pedirla, otra cosa es que se la concedan. A pesar de todo lo dicho en prensa, la custodia compartida se otorgará siempre y cuando existan informes psicosociales que la aconsejen.
En cuanto al acuerdo que has pensado, no va a ser posible puesto que la pensión de alimentos es un derecho del menor y una obligación del progenitor no custodio que es irrenunciable, salvo que exista custodia compartida.
Un saludo.
Abogado Laboral Toledo - María Esther Galán Castellanos
Abogado de Toledo especializado en Derecho Administrativo
Buenos días. En princpio tiene que solicitar la regulación de medidas paternofiliales por las que se le atribuirá la guarda y custodia del menor y la pensión de alimentos. En cuanto a la irresponsabilidad del padre la tendrá que probar . La pensi´n de alimentos es un derecho del menor y no creo que el Fiscal pase por su renuncia. Saludos.
ABOGADO DIVORCIO VALENCIA Lola Tormo
Abogado de Valencia especializado en Derecho de Familia
Lo primero buscar un abogado para solicitar unas medidas,la custodia es una resolucion que depende del juez,pero si es de mutuo acuerdo tambien pasa pension.