Si a contrata a b, la factura a c. acuerdo escrito que paga a.pueden reclamar a c la factura?

Buenos días,
era inquilino de una casa y la he comprado.
Antes de comprarla había unas humedades que el arrendatario reclamó al ayuntamiento y lo ha desestimado.
Ahora ese vendedor se hace cargo de la avería y contrata a una empresa para que lo solucione.
Yo no pago nada, lo pagará el vendedor pero la factura va a mi nombre. Hemos hecho un acuerdo firmado en el que indica que yo no pagaré nada.
Mi pregunta es: en caso que no pague el vendedor, ¿me pueden reclamar a mí esa factura aunque en el acuerdo firmado diga que los vendedores se hacen cargo?
Muchas gracias. Un saludo

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Buenos días, en atención al caso expuesto indiciar que el contrato firmado entre usted y la parte vendedora no afecta a terceros, de este modo y puesto que la factura esta a su nombre, en el caso de impago, la empresa con la que contrato los servicios podrán reclamarle directamente la deuda, sin perjuicio de que en base a ese acuerdo, posteriormente usted pudiera solicitar de la parte vendedora el pago de la reparación, esperamos haberle sido de ayuda y quedamos enteramente a su disposición. Un saludo.

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La factura debe ir a nombre de quien contrata la reparación y que será el responsable del pago.
Si la factura se emite a nombre de Vd. y es propietario de la vivienda sobre la que realiza la reparación cabe presumir que es Vd. quien contrata la reparación y se obliga al pago. Según como esté redactado el documento con el vendedor cabria que Vd. le reclamara después el importe de la factura.

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Buenos días, partiendo de la base de que la factura emitida acredita el pago, también es cierto de que los acuerdos solo vinculan a las partes que los celebran, es decir, en su caso, la empresa reparadora de las humedades, en principio NO está vinculada por el acuerdo de pago entre ud. y el vendedor. No obstante, habría que ver el contrato que da origen a esa factura, el cual si está a nombre del vendedor, la factura también debería haberse girado a nombre del citado vendedor.
Un saludo.

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Estimado cliente:
Los contratos son personalísimos, es decir, si la factura va a su nombre, el contrato así se entiende.... por lo que sí, en caso de impago usted será el responsable del mismo.

Un cordial saludo

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Buenos dias, si la factura va a su nombre seria el responsable del impago.

Un saludo

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Si usted contrata y la factura va a su nombre le podrán reclamar a usted su pago. Usted podrá a su vez reclamar el pago al comprador, pero sería más conveniente que quien contrate sea el vendedor para que usted sea ajeno a cualquier impago.

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