Si a contrata a b, la factura a c. acuerdo escrito que paga a.pueden reclamar a c la factura?
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Abogado de Talavera de la Reina especializado en Derecho Civil
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Buenos días, en atención al caso expuesto indiciar que el contrato firmado entre usted y la parte vendedora no afecta a terceros, de este modo y puesto que la factura esta a su nombre, en el caso de impago, la empresa con la que contrato los servicios podrán reclamarle directamente la deuda, sin perjuicio de que en base a ese acuerdo, posteriormente usted pudiera solicitar de la parte vendedora el pago de la reparación, esperamos haberle sido de ayuda y quedamos enteramente a su disposición. Un saludo.
COMIENZA CONSULTORES
Abogado de Zaragoza especializado en Asesoramiento jurídico a empresas
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La factura debe ir a nombre de quien contrata la reparación y que será el responsable del pago.
Si la factura se emite a nombre de Vd. y es propietario de la vivienda sobre la que realiza la reparación cabe presumir que es Vd. quien contrata la reparación y se obliga al pago. Según como esté redactado el documento con el vendedor cabria que Vd. le reclamara después el importe de la factura.
Buenos días, partiendo de la base de que la factura emitida acredita el pago, también es cierto de que los acuerdos solo vinculan a las partes que los celebran, es decir, en su caso, la empresa reparadora de las humedades, en principio NO está vinculada por el acuerdo de pago entre ud. y el vendedor. No obstante, habría que ver el contrato que da origen a esa factura, el cual si está a nombre del vendedor, la factura también debería haberse girado a nombre del citado vendedor.
Un saludo.
Abogado Extranjería y Penal Pozuelo de Alarcón DPL Abogados
Abogado de Pozuelo de Alarcón especializado en Derecho Penal
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Estimado cliente:
Los contratos son personalísimos, es decir, si la factura va a su nombre, el contrato así se entiende.... por lo que sí, en caso de impago usted será el responsable del mismo.
Un cordial saludo
Abogado Cádiz - MYA MULTIGESTIÓN Y ABOGADOS
Abogado de Cádiz especializado en Derecho Laboral
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Buenos dias, si la factura va a su nombre seria el responsable del impago.
Un saludo
Si usted contrata y la factura va a su nombre le podrán reclamar a usted su pago. Usted podrá a su vez reclamar el pago al comprador, pero sería más conveniente que quien contrate sea el vendedor para que usted sea ajeno a cualquier impago.