Si me reconocen antigüedad en banca, ¿puedo perder el derecho al complemento de pensiones?
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Contestado
Habrá que estar a lo dispuesto en el convenio que estaba en vigor en tu fecha de contratación 03.03.1980, por si exigía un tiempo mínimo de prestación de servicios para la consolidación del complemento.
Asimismo habrá de estudiarse el convenio que entró en vigor el 08.03.1980, por si establecía algún plazo de adaptación.
En caso de ser como tu dices, dejando claro que sin estudio específico de ambos convenios esto es una mera hipótesis, sí que tendrías reconocido el complemento del que hablas.
Un saludo.
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