Si me reconocen antigüedad en banca, ¿puedo perder el derecho al complemento de pensiones?

Entré en Banca el 03.03.1980 y tenía derecho a percibir (a mi jubilación) un complemento de pensiones por parte de la empresa, que se abolió por Convenio el 08.03.1980. El 06.11.1989, cambié a otra Entidad Financiera, que me reconoció mi antigüedad anterior (03.03.1980) y se puede acreditar en cualquier nómina y contractualmente. Ahora próximo a jubilarme me dicen que el Complemento de Pensiones, lo perdí en el cambio de Empresa, porque el convenio actual dice que los trabajadores contratados a partir 08.03.1980, (fecha entrada en vigor convenio) reza que sólo se respeta a los trabajadores que estaban en activo a 31.12.1979 en la Banca, pero yo, tenía ese derecho por Convenio por haber entrado en Empresa 1, antes del 08.03.1980.
Si el Banco 2 el 06.11.1989, reconoció mi antigüedad y mis derechos, contractualmente ¿cómo puede ser que hayan desaparecido?. Es discriminatorio. ¿No?.
Yo entiendo que si pueden haber perdido su derecho aquellos trabajadores contratados a partir de la fecha indicada en convenio y BOE (08.03.1980), no tenían antigüedad en Banca reconocida, pero yo que lo tenía y reconocieron mi antigüedad en Banca,, debería conservarlo ¿No?.

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Contestado

Habrá que estar a lo dispuesto en el convenio que estaba en vigor en tu fecha de contratación 03.03.1980, por si exigía un tiempo mínimo de prestación de servicios para la consolidación del complemento.

Asimismo habrá de estudiarse el convenio que entró en vigor el 08.03.1980, por si establecía algún plazo de adaptación.

En caso de ser como tu dices, dejando claro que sin estudio específico de ambos convenios esto es una mera hipótesis, sí que tendrías reconocido el complemento del que hablas.

Un saludo.

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