Si tengo uso de la vivienda ¿tengo obligación de domiciliar recibos en mi cuenta?

Me he separado y el juzgado me adjudica la custodia de mi hija y el uso de la vivienda.
La vivienda es de mi ex-marido y los contratos de luz, gas y agua están a su nombre. Teníamos una cuota fija de luz y de gas que él quitó en el momento que me concedieron el uso para que me resultase más difícil pagar las facturas

¿Tengo obligación de domiciliar el recibo?
¿Puedo solicitar una cuota fija?
No me pasa las facturas ¿tiene obligación?

Respuestas de otros profesionales:
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Abogado Mercantil Salamanca JUAN FRANCISCO MERCHAN MATEOS
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Estimada Señora :
Interpretamos que ha procedido a la contratación nueva de suministros, donde normalmente las empresas suministradoras imponen al consumidor una determinada modalidad de pago, no dejando alternativa a otras posibilidades para hacer efectivo el abono de los consumos.
Es por tanto una elección que escapa de su voluntad, debiéndose informar previamente en las empresas suministradoras (y en su caso en lo que agua se refiere) de las formas de pago y modalidad de contratación que mejor se ajuste a sus circunstancias familiares.
Saludos cordiales
Atte.

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Abogado Herencias Logroño Blasco Abogados
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Con la sentencia en la que se justifique que tiene el uso de la vivienda puede tramitar un cambio de titularidad en Iberdrola y aprovecharse de todas las ventajas que ello supone como la domiciliación de recibos, recepción de facturas a su nombre o beneficiarse de cualquier cuota fija o tarifa especial que pueda contratar, hasta incluso puede contratar con otra compañía la luz y el gas. Cualquier otra solución requiere que se lleven bien, y si eso no es así, evite problemas de ese modo; además, su ex no tiene por qué saber cuánto gasta en luz y gas.

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GONZALO & GONZALEZ ABOGADOS

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Abogado de Fuengirola especializado en Derecho de Familia

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Hola, puede hacer un cambio de titularidad con la factura y el número de contrato, o si lo prefiere hacer un cambio de domicilio de cuenta, especificando su número de cuenta y se lo cargarán en esa cuenta, o si lo prefiere, retirar la domiciliaciación bancaria e ir a pagarlo al banco.
Al hacer usted el uso de la vivienda, es usted la obligada al pago de los consumos,
Un saludo y gracias.

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ARANZAZU ABOGADOS

ARANZAZU ABOGADOS

Abogado de Salamanca especializado en Derecho Mercantil

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Usted puede domiciliar si cambia la titularidad del contrato, si no, tiene que abonarle a él los consumos. El hecho de que no le permita la cuota fija es abusivo, y debería de ejecutar la sentencia para que le obligue a que o se cambie la titularidad del contrato de suministro, para que usted pueda gestionar las tarifas, o lo haga él y usted le ingresa los consumos en la cuenta de él.

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LABE Abogados

LABE Abogados

Abogado de Madrid especializado en Derecho Penal Económico

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Estimada cliente: Mi consejo es el siguiente. Ya que usted es quien hace uso de la casa es usted quien tiene que hacer frente a los pagos de los gastos de la casa, ahora bien, lo que puede hacer es poner los recibos a su nombre y no al de su ex marido y una vez sea usted la titular de dichos recibos negociar con la compañía la cuota fija.

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