Solicitar una pensión compensatoria
La pensión compensatoria en su caso es difícil que se la puedan conceder. La misma se otorga también en función de los alimentos a que tienen derecho los hijos. Para su determinación se tendrá en cuenta: los ingresos de ambos, la dedicación a las labores familiares si ha significado una pérdida para que Vd. haya podido obtener ingresos, su perspectivas económicas, teniendo en cuenta la edad, salud y la forma en que e atribuye la guarda de los hijos. La duración de la convivencia y en todo caso los nuevos gastos de su cónyuge. No obstante hoy en día los tribunales la fijan por un período de tiempo limitado.
La pensión compensatoria no depende solamente de los ingresos de las partes ni de las necesidades de los hijos, sino que para que nazca el derecho debe existir de un desequilibrio económico entre los conyugues, y tendrá derecho a solicitarla aquel que vea más perjudicada su situación económica con respecto a la que gozaba constante el matrimonio. Por otra parte, la pensión o prestación compensatoria, solo puede solicitarse en el primer proceso matrimonial que se siga, es decir, que si ya existe una Sentencia de separación o de divorcio, ya no podrá solicitarse en un procedimiento posterior.
ISIDRO GÓMEZ DOMÍNGUEZ - ABOGADO DIGITAL
Abogado de Bilbao especializado en Responsabilidad Civil
Parece que la separación/divorcio generará desequilibrio económico para Vd. por lo que en principio puede solicitarla.
Tenga en cuenta el carácter, muchas veces temporal y limitado de dicha pensión, en cuyo devengo intervienen otros factores, como su dedicación a la familia, hijos, negocios del otro cónyuge, renuncias para hacerse cargo de los hijos a una situación laboral mejor, etc.
Debe consultarlo con un abogado especializado que analice los pormenores de su caso, para que le informe y asesore al respecto.
Espero habrele sido útil, un cordial saludo.
Si se genera un desequilibrio económico en el divorcio sí que podría solicitar una pensión compensatoria, la cual podría ser limitada en el tiempo.
Para la solicitud de esta pensión compensatoria también podemos tener en cuenta otras diferencias que se hayan generado a lo largo del matrimonio, por ello para poder ofrecerle un mejor asesoramiento deberíamos tener más información al respecto. Si estuviera interesada en ello puede contactar con nuestro despacho profesional entrando a través del link o a través del correo electrónico ruizballesteros@icab.cat.
Buenos días,
La posibilidad de conseguir una pensión compensatoria dependería de varios factores: la edad de Ud., su nivel de preparación profesional, el tiempo que haya dedicado a la familia, etc.
Su pregunta no tiene una respuesta unívoca y sencilla ya que el tema es complejo, depende de muchos factores y también del criterio del juez.
De entrada entiendo que se podría solicitar una pensión pero seguramente sería limitada en el tiempo.
En todo caso, repito: falta mucha información para poder dar una opinión fundada.
Saludos,
Xavier Peris