¿Somos culpables de estafa?

15 de febrero traspasé un negocio por 11000 más 7000 que me tenían que pagar el dia 30 septiembre ante un reconocimiento de deuda ahora dice que no paga porque en marzo apareció una deuda de ss de 500 euros que fue pagado en cuanto nos enteramos y que como hay una deuda y firmamos ante notario que estaba libre de cargas nos va a denunciar por estafa continuada y que no paga..lo que si sé, es que el negocio bajo en picado desde que lo dejamos y nunca actuamos de mala fe,por ejemplo llegaron facturas de móviles, luz etc que se fueron pagando hasta que se fueron cambiando de titular.
Estamos muy asustados
Gracias

Respuestas de otros profesionales:
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Abogado divorcio familia Las Palmas - Rosangélica Ticay Rivas
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Estimados señores:

La falta de un elemento que tipifica un delito ocasiona la inexistencia del mismo. Por otro lado, el requisito fundamental del tipo del delito de estafa es el engaño, que es su elemento más significativo, esencial y definitorio. Y ese engaño ha de provocar en cadena el error, el desplazamiento patrimonial, el perjuicio y el lucro injusto; pero ha de provocarlo de manera antecedente, no sobrevenida.
No obstante para ayudarle debemos conocer más detalles de su caso concreto lo ideal sería que acudiera a una consulta con su abogado de confianza.
Un saludo cordial.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
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ABOGADO BANCARIO CIUDAD REAL Antonio J. Almarza
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Que denuncie... a ver cómo explica la estafa si son ustedes los que han pagado
y por lo demás por ciencia infusa no se enteran las suministradoras de un traspaso que afecta al cambio de titularidad. Eso se debe notificar. Y no tiene nada que ver con las "cargas" que firmaron ante notario. Ejecuten el reconocimiento de deuda en cualquier caso.

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Jacobo Joaquín Santana Nuez
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Buenas tardes,

La denuncia no llegaría a ningun lado, por lo que usted ha expuesto.

Reclame el pago para poder cobrar pues no le van a pagar por las buenas, más aún contando con un reconocimiento de deuda.

Saludos.

Jacobo Joaquín Santana Nuez
Letrado del Ilsutre Colegio de Abogados de Las Palmas

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