Soy okupa, ¿Qué pasa si engancho el agua?
Enchufar una tubería y consumir agua es como un "hurto" tipificado en el Código Penal, Artículo 255:
"1. Será castigado con la pena de multa de tres a doce meses el que cometiere defraudación utilizando energía eléctrica, gas, agua, telecomunicaciones u otro elemento, energía o fluido ajenos, por alguno de los medios siguientes:
1.º Valiéndose de mecanismos instalados para realizar la defraudación.
2.º Alterando maliciosamente las indicaciones o aparatos contadores.
3.º Empleando cualesquiera otros medios clandestinos.
2. Si la cuantía de lo defraudado no excediere de 400 euros, se impondrá una pena de multa de uno a tres meses."
La mayoría de los enganches ilegales no llegan a la vía judicial, pero puede acabar en un proceso penal.
Un Saludo.