Supresion del indice de referencia irph

Tengo una hipoteca referencia al indice IRPH que segun tengo entendido ha sido anulado.
Concretamente la escritura dice textualmente :
Intereses:
.........el interés nominal .......será el resultado de incrementar en dos puntos al tipo de Indice de referencia de prestamos hipotecarios referido a cajas, tomado como nominal y referido al segundo mes anterior a la fecha de cambio......

Mas adelante dice:

.....En ningún caso el tipo de interés podrá ser inferior al 6,25%, ni superior al 15% ........

La pregunta concreta es:

Dado que este indice ha sido suprimido ¿es legal la aplicación directa de

La cláusula suelo de 6,25%.? En el bien entendido que hay una sentencia del supremo que cuestiona en ciertos casos la ilegalidad de esta cláusula .

Respuestas de otros profesionales:
Premium
Abogado Tarjetas Revolving Barcelona NIETO & SANZ ABOGADOS
Contestado

Buenos días. Debo indicarle que en absoluto es legal la aplicación del tipo de interés que nos menciona. Nosotros somos un despacho especializado en estos temas, yo le recomiendo que lea nuestra guia legal en la que explica las consecuencias legales de esta supresión de IRPH. No obstante, lo más acertado es concertar una visita con nosotros, le asesoraremos convenientemente. Saludos. Rosa Nieto, Abogada de NIETO&SANZ, Abogados Asociados.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado