Sustracción o robo de semen sin autorización y consentimiento.

Cuando tienes sospechas fundamentadas de haber sido víctima de un delito de robo de material orgánico genético reproductivo por tener una identidad genética que no se corresponde con la administrativa al ser un descendiente de una bastardia y se denuncia el possible delito a la fiscalia solicitando una prueba genética de ADN del presunto responsable de la paternidad genética de la bastardia de 5 generaciones masculinas anteriores para poder confirmar y justificar con pruebas y argumentos la acusación y fundamento del posible hecho delictivo y la fiscalia no procede a realizar la investigación solicitada por la víctima del posible delito debido a las consecuencias derivadas de verificar la identidad genética paterna de la víctima del delito con el responsable de la bastardia que es la prueba y fundamento que justifica y demuestra que el delito se ha llevado a termino con esta finalidad. La fiscalia puede omitir llevar a termino esta prueba genética de ADN para averiguar la identidad genética de la víctima y resolver el possible delito. Que hay que hacer cuando el ministerio fiscal rehusa el cumplimiento de sus responsabilidades y obligaciones en perjuicio de los derechos de la víctima i el estado de derecho. Además de las leyes de las administraciones publicas. Yo he sido víctima de este possible delito. Muchas gracias, espero su respuesta.

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Abogado derecho consumo y contratación Barcelona - Maria Teresa Segura Roure
Contestado

Muy señor mío, plantea usted una cuestión compleja. Y tal como usted mismo reconoce, el requisito o instrumento necesario es la prueba. Pero, pruebas hay de muchas clases, y sobre múltiples hechos o circunstancias. Las que usted parece aludir tienen carácter íntimo y personalísimo con lo cual también gozan de una protección especial debido a su propia naturaleza. No estoy en disposición de contestar a su pregunta de por qué el Ministerio Fiscal no asume una determinada postura, acusadora en el caso que parece a usted ocupa. Desconozco qué escritos o peticiones más pruebas ha puesto usted en conocimiento del MF, si ha obtenido respuesta alguna. No olvide tampoco que, el Ministerio Fiscal es un órgano jerárquico, que responde funcionalmente a aquello que la Fiscalía General del Estado en último término viene estableciendo, recomendando, orientando, respecto a la interpretación de aspectos de un tipo delictivo, por ejemplo. Se dictan y publican Circulares que tienen por objetivo canalizar el tratamiento de la disfunción delictiva por aquellos senderos que mejor servicio práctico pudieren prestar al conjunto de una determinada sociedad en un momento o tiempo determinado. Es una Institución compleja que requiere mucho estudio y trabajo cuando se pretende hacer valer unos derechos, a menudo alegados por quienes así se entienden perjudicados, pero sin olvidar que otros derechos, posiblemente oponibles, también pueden ser objeto de protección. Tenemos la figura de la Querella penal, pero el camino no es fácil, nunca lo es. Si usted lo cree conveniente, podría contactarme, quizás para conocer mejor cuál es el entramado de lo que se persigue, licitud, posibilidades, presupuestos, y demás detalles. TERESA.

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