Tanto x ciento que toca de legitima

Hola, me gustaria saber cual és el tanto por ciento que toca de la legitima? El tanto por ciento que toca de legitima es igual si són 2 hermanos que 8? Muchas gracias

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En el derecho sucesorio catalán, la legítima está regulada en la Ley 29/2002, de 30 de diciembre, primera Ley del Código civil de Cataluña, concretamente en el Título V, artículos 451-1 y siguientes.

El porcentaje es diferente al que establece el Código Civil, es decir, aquí el valor de la legítima es la cuarta parte (25%) del caudal hereditario (caudal en donde se deducen de este deudas del causante, gastos del entierro o incineración, etc). Dicho importe se reparte entre las personas legitimarias a partes iguales entre ellas, ya sean 2 o 8.

Un saludo.
AAGD-Abogados.

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La legítima és un 25% de la masa hereditaria, pero, este 25%, a repartir entre todos los hermanos.

Te recomandamos la lectura de nuestro articulo sobre el tema:

https://boadellaiesteveadvocats.wordpress.com/2014/08/27/la-legitima-successions-herencia-i-reclamacio-de-legitima/

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Buenos días,

El porcentaje que toca de legítima según el derecho civil foral catalán es 1/4 parte o el 25% del cabal hereditario líquido más el donatum, que se tendrá que calcular; mientras que la legítima individual constituye la parte individual a recibir para cada legitimario de la legítima global a partes iguales. Se tendrá que dividir entre los ocho hermanos siendo 3,125% para cada uno.

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La legítima en Cataluña es un 25% de la herencia, a repartir entre todos los hermanos.

Un saludo.

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En Cataluña es un 25%, a repartir entre los herederos.

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