Tengo 16 años y quiero irme de casa
Buenas tardes;
A pesar de ser menor puedes emanciparte de las siguientes formas:
- Si la persona que ostenta la patria potestad te la concede mediante escritura pública y tu la aceptas y posteriormente se inscribe en el Registro Civil. Se considera que el hijo está emancipado cuando siendo mayor de 16 años y con consentimiento de sus padres, vive de forma independiente.
- Por matrimonio.
- Por concesión judicial: Un juez puede conceder la emancipación cuando lo solicite el menor que ya cuente con más de 16 años de edad, en los siguientes casos:
.Quien ejerce la patria potestad se ha casado otra vez o convive de hecho con otra persona.
.Cuando los padres vivan separados.
.Cuando concurra alguna causa que entorpezca gravemente el ejercicio de la patria potestad.
Espero haberte ayudado, cualquier duda no dudes en contactar con el despacho.
Saludos.
Abogados Accidentes Almeria - M.ª BELEN ABAD GARCIA
Abogado de Ejido especializado en Derecho Penal Común
Le aconsejo que pida ayuda de algún familiar o alguien de confianza, y si no los hay, se ponga inmediatamente en manos de servicios sociales y le cuente su situación. La emancipación es una solución, pero tarda algún tiempo. Y si no cuenta con el apoyo de su madre, desde servicios sociales podrían ayudarla para que le nombraran un defensor judicial que le asista. ¿Tiene apoyo de la familia de su novio? ellos pueden acudir a un abogado que les asesore. No le aconsejo que se marche de casa sin más, pues es menor de edad y está bajo la potestad de su madre. Si desea un asesoramiento más personalizado, le aconsejo que alguna persona mayor de edad se ponga en contacto con un abogado para asesorarse debidamente. Un saludo.
ISIDRO GÓMEZ DOMÍNGUEZ - ABOGADO DIGITAL
Abogado de Bilbao especializado en Responsabilidad Civil
Debe poner en conocimiento de los servicios sociales municipales su situación, para que actúe la entidad encargada de infancia en su comunidad, aportándole soluciones a su problema. Para emanciparse precisa que sus padres estén de acuerdo o en caso contrario como ya le han indicado mis compañeros, que lo haga el juez, tras oír a todas las partes. Espero haber sido útil, saludos cordiales.
Abogado Herencias Madrid SERGIO PADROS
Abogado de Madrid especializado en Derecho de Sucesiones y Donaciones
Buenas tardes.
Tenga en cuenta que es usted menor de edad, por lo que si no obtiene la Emma iba ion paterna, puede solicitar judicialmente la habilitación de la edad, que equivale a la emancipación, en cuyo momento podrá actuar como si fuera mayor de edad.
Puedé igualmente acudir a la atención del menor de su localidad, y exponer su caso para que la propia fiscalía actúe.
Un cordial saludo
Advocat Girona AC ABOGADOS Y MEDIADORES
Abogado de Girona especializado en Derecho de Familia
Buenas tardes,
Entendiendo la situación en la que te encuentras, en primer lugar tienes que tener en cuenta que aún eres menor de edad, para emanciparte necesitas el consentimiento de tus padres o tutores legales o acudir al juez para que te conceda la emancipación.
Esperamos haberte ayudado,
Estamos a tu disposición.
ac@acadvocatsimediadors.es
Abogado Indemnizaciones Accidentes de tráfico Almeria- A.M.P. Abogados y Asociados
Abogado de Almería especializado en Derecho de Familia
Buenas tardes;
Tal y como le han comentado los compañeros, al ser menor de edad para conseguir la emancipación tiene que ser a través de un procedimiento judicial o con el consentimiento de la persona que obstenta la patria potestad.
Yo creo que podría buscar ayuda en los servicios sociales de la Junta de Andalucia, centro de la mujer...
Un saludo