Tengo un juicio de desalojo contra una persona. ¿sus hijos pueden continuar con el juicio si ésta fallece?

He alquilado un inmueble a un hombre. Actualmente, le he demandado para desalojarlo por destrozos que ha realizado en mi propiedad, motivo por el cual se le rescindió el contrato. El tema es que esta persona no desea irse y ha metido todo tipo de recursos en los juzgados para seguir en el lugar. El asunto es que me he enterado que está con una enfermedad grave y en cualquier momento puede fallecer. Lo que temo es que sus hijos continúen con el pleito y sigan en el lugar “usufructuándolo” mientras dure el juicio. ¿Pueden hacer eso sus hijos? Cabe mencionar que el contrato fue firmado exclusivamente con esta persona, sin que ningún miembro de su familia haya formado parte del acuerdo.
Sumamente agradecida por su respuesta.

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Abogados Barcelona Tomás Dóriga

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En efecto, el artículo 16 de la LAU permite que los hijos que estén bajo la patria potestad o hayan convivido con él en los dos años anteriores al fallecimiento, continúen con el arrendamiento, pero deben notificarle por escrito ese hecho.

De todos modos, yo lo que le aconsejaría es solicitar al juez que lleva el caso, en el caso de que los hijos le pidan la continuación en el arrendamiento, de que el juicio prosiga, porque si han estado viviendo con él, los destrozos también los han provocado ellos, pero al final dependerá del juez si decide dar continuidad o no al procedimiento.

Ignacio Tomas
Abogado
itomas@dorigaportabella.com
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ABOGADO TERRASSA - JORGE ZAMORA VALLE

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Si usted ha ganado el juicio y el juez ha acordado el desahucio de esta persona, el contrato de alquiler ya no existe, por lo que no puede ser heredado por sus hijos.
Ahora bien, teniendo en cuenta la legislación actual, no entiendo cómo este inquilino sigue allí.
Sería preciso que me informase pormenorizadamente de la situación para poder informarle de cómo actuar.
Puede solicitar una consulta personalizada con este despacho a través de esta misma web, para que, a la vista de la documentación de que disponga podamos asesorarle convenientemente.

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Buenas tardes, es importante que podamos ver el contrato de arrendamiento que firmó,si lo desea podemos atenderle en una primera visita sin coste a fin de aclararlo, contacte con nosotros. www.agabogados.cat

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Buenos días,

Si claro, los hijos son herederos y por lo tanto pueden continuar la causa.

Un Saludo,

Constanza Suárez
abogada
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