Tengo regimen de visitas y mi ex-pareja no cumple ¿qué puedo hacer?
Muy Sr. mío:
Estoy de acuerdo con mis compañeros, si bien añadiría algo más.
En este asunto, aparte de la(s) denuncia(s) interpuesta(s), y de ejecutar judicialmente, sería recomendable que cuando fuera a visitar a su hijo y su ex pareja se negara, avisara a la Policía (sea ésta Nacional, Autonómica o Local) o a la Guardia Civil, para que, si fuera posible, se personaran en el lugar en donde recoge Ud. a su hijo y, al ver que resulta imposible que le entreguen al niño -porque no responde a la puerta, o porque responde que no le va a entregar al menor, o lo que sea- que lo reflejen en un parte, para que así conste no sólo la denuncia, es decir, que el Agente no sólo se limite a poner "Fulanito denuncia que no le entregan al hijo" sino que pueda poner "habiéndose personado la patrulla, se observa que Fulanito llama repetidas veces al timbre de la casa de su ex pareja y no obtiene respuesta"; de esta manera podrá tener una prueba con más peso en un procedimiento judicial.
Espero haberle sido de ayuda.
Abogado Herencias Logroño Blasco Abogados
Abogado de Logroño especializado en Derecho Administrativo
En relación a lo que ya le han comentado otros compañeros, le precisamos que desde julio de este año los incumplimientos que comenta no son constitutivos de ningún delito, por lo que cualquier acción que se emprenda en la vía penal por medio de la correspondiente denuncia será archivada (sin perjuicio de poder servir para acreditar el hecho que afirma), ya que se trata de una cuestión civil que tiene que ser discutida, en todo caso, en el procedimiento civil para el que seguro cuenta ya con un abogado. Por lo que le recomendamos que hable con él antes de hacer nada para que le aconseje sobre los pasos que tiene que dar sin meter la pata ni perjudicar al pleito principal.
Advocat Divorci Mataró Mª TERESA ALIBERAS MORROS
Abogado de Mataró especializado en Derecho de Familia
Si ya ha interpuesto varias denuncias y la conducta de su ex-pareja no cambia, le aconsejamos que interponga la ejecución de loa sentencia civil, interesando el cumplimiento del régimen de visitas establecido, y asimismo interese que sea aperciba a la madre de que si sigue en dicha actitud de incumplimiento de obligaciones familiares pueden quitarle la custodia. Acompañe todas las denuncias que ha interpuesto y los perjuicios que ello le está causando. Otra vía que le queda es acudir a mediación, pero tenga en cuenta que es voluntaria y si ella no asiste no le llevará a ningún camino
Saludos cordiales
No entiendo como no va la policía o la guardia civil en el momento de la entrega, puesto que es casi seguro que le de al menor.
Tiene que llamar a la policía local, policía, guardia civil, para que se personen en el momento de la entrega.
En el asunto de la custodia, cada vez los jueces son más propensos a retirar la custodia en casos así. Tiene que ejecutar la sentencia, y solicitar que le impongan multas, o incluso que el menor acuda a un punto de encuentro.
A parte, los gastos de desplazamiento se comparten, solicite la mitad del coste.
Advocat Esplugues de Llobregat Glòria Solé I Recio
Abogado de Esplugues de Llobregat especializado en Derecho de Familia
Lo mas conveniente es interponer denuncias cada vez que se le impide ver al menor. Paralelamente interponer demanda ejecutiva para el cumplimiento del régimen de visitas, adjuntando las denuncias interpuestas y solicitando se le impongan multas o, incluso, se le retire el régimen o la custodia si persiste en la actitud.
Lamentablemente, la solución no es fácil ni rápida, pero si ella se niega de forma reiterada y no acepta una solución dialogada, debe acudir a la vía judicial en defensa de sus derechos.
A su disposición,
Advocat Girona AC ABOGADOS Y MEDIADORES
Abogado de Girona especializado en Derecho de Familia
le recomendamos que cuando su ex pareja no le deje ver a su hijo, llame a la policía para que éstos dejen constancia de lo que está sucediendo. Si ello ocurre de forma frecuente, puede interponer una demanda ejecutiva para lo que necesitará de abogado y procurador o una modificación de medidas en el que reflejar, por ejemplo una modificación del régimen de visitas o incluso de custodia. Para más información estamos a su disposición. Saludos.
ABOGADO TERRASSA - JORGE ZAMORA VALLE
Abogado de Badalona especializado en Derecho de Familia
Hay que iniciar un proceso de ejecución de la resolución judicial que le concede el derecho de visitas.
Para más información puede contactar con este despacho