¿Tienen los abuelos derecho de ver a sus nietos si nunca se interesaron de ellos?
Buenos días
Esta cuestión se halla regulada en el Código Civil catalán, artículo 236.4.2º, que establece que:
"2. Los hijos tienen derecho a relacionarse con los abuelos, hermanos y demás personas próximas, y todos estos tienen también el derecho de relacionarse con los hijos. Los progenitores deben facilitar estas relaciones y solo pueden impedirlas si existe una justa causa."
Por tanto, ustedes pueden impedir la relación por justa causa. Naturalmente, para apreciar su caso en concreto y si ustedes pueden negarse, debería conocer todas las circunstancias por las que ustedes se niegan a esa relación.
En teoría, los abuelos podrían pedir a un juez esa relación, y entonces ustedes oponerse.
ABOGADO TERRASSA - JORGE ZAMORA VALLE
Abogado de Badalona especializado en Derecho de Familia
Todo depende de lo que el juez considere más conveniente para los menores. Si el juez entiende que no es beneficioso para los niños que tengan contacto con sus abuelos, así lo acordará; en caso que crea que sí, deberá fijarlo de la forma que más beneficie a los niños.
Siento no poder ser más concreto, pero es lo único que jurídicamente establece la ley. Luego, cada caso concreto es un mundo.
Mi mejor consejo es que, por un lado, no acepte nada que no entienda beneficioso para usted y sus hijos. Y en caso de que los abuelos no estén conformes, que realicen ellos la reclamación judicial de la que usted podrá defenderse si no encuentra aceptable la petición de estos abuelos.
Buenos días,
en una pareja que no está divorciada, es muy improbable que le dé un Juez un régimen de visitas a los abuelos, puesto que han de demostrar el conflicto, y no lo hay, sino mal entendimiento.
Y si se pusiera un régimen de visitas, nunca es más de un día cada quince días, y siempre donde vivan los menores, que no tienen que sufrir el más mínimo cambio en su vida.
Abogado Extranjería Barcelona Patón Abogados
Abogado de Barcelona especializado en Derecho del Trabajo
La ley permite que los abuelos puedan ver a sus nietos, y que incluso estas visitas las imponga un juez. Como bien señala mi compañero, si ustedes son demandados por los abuelos y entienden que hay una justa causa para impedir el régimen de visitas que quieren, tendrán que exponerlo en el juicio que se celebre. Si necesitaran ayuda, puede contactar con este despacho profesional. Un saludo.
ABOGADO VIOLENCIA DE GENERO BARCELONA MERITXELL CABEZÓN ARBAT
Abogado de Barcelona especializado en Violencia de género
Buenos días.
El Código Civil de Catalunya reconoce los derechos de los abuelos respecto de sus nietos. Pero el derecho de familia es un derecho muy casuístico, por lo que debemos atendernos al caso en concreto. Lo mejor es que acuda a hablar con un abogado.
Advocat Esplugues de Llobregat Glòria Solé I Recio
Abogado de Esplugues de Llobregat especializado en Derecho de Familia
Buenos dias:
Hay un reconocimiento legal para que los abuelos puedan ver a sus nietos, por lo que, si es imposible llegar a un acuerdo en un régimen de visitas a su favor, se puede iniciar un proceso judicial para obtenerlo.
Atentamente,
Un juez les puede dar unas horas para verlos un domingo al mes.
Seguramente habrán presentado demanda para ello.
Un saludo.