¿Es válido un acuerdo verbal de compra-venta?

Un familiar tiene una propiedad en venta. Un interesado en la casa aseguró que compraba la casa, hasta hizo quitar el cartel de la casa ''en venta''. Han pasado unos meses y la cosa no ha avanzado mucho, ante las preguntas siempre ha respondido afirmativo a la compra de la casa. Si se hiciera atrás, ¿podríamos hacer algo al respecto?

Gracias

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GONZÁLEZ & FONTSARÉ ADVOCATS

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Abogado de Girona especializado en Derecho Civil General

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Buenas tardes,
Los acuerdos verbales son válidos y producen efectos entre las partes. Ahora bien, el principal problema que nos solemos encontrar a la hora de exigir el cumplimiento de un acuerdo verbal es probar la existencia y las condiciones del mismo, ya que al no existir un documento firmado entre las partes, tendremos que acudir a otros medios de prueba para acreditar la existencia de tal pacto (por. ej. testimonios de terceros, documentación que acredite la existencia de movimientos económicos u otro aspectos relacionados con el contrato, reconocimientos posteriores, etc ... ).
Igualmente, cabe recordar que para que un contrato de compraventa de un bien inmueble pueda ser inscrito en el Registro de la Propiedad y pueda tener efectos frente a terceros, deberá formalizarse por escrito y en escritura pública.
En todo caso, si lo desea, puede ponerse en contacto con nosotros para concertar día y hora de visita y así, una vez nos informe detalladamente sobre el acuerdo alcanzado y los hechos relacionados con el mismo, poderle ofrecer una respuesta personalizada y más ajustada a la situación que nos plantea.
Cordialmente.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
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Abogados Barcelona Tomás Dóriga

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Abogado de Barcelona especializado en Derecho de Familia

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Buenos días,

Un acuerdo verbal es plenamente válido, el problema es que es dificil de demostrar. Le aconsejo que le remita un escrito, lo ideal es por burofax para que quede constancia, dando un plazo para la firma, entonces ya queda por escrito y después se puede reclamar.

De todos modos, si quiere comentar el asunto con calma le ofrecemos una primera visita gratuíta. Estamos a su disposición.

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ARANZAZU ABOGADOS

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Abogado de Salamanca especializado en Derecho Mercantil

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El problema es la prueba del acuerdo verbal. La compraventa de inmuebles siempre va a requerir una escritura pública para su validez plena.
Si Usted piensa que se le provoca un daño con la actitud negligente, requiérale de forma fehaciente para que se realice un precontrato o se documente por escrito, porque es evidente que pueden perder opciones de venta.

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Main Advisers

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Abogado de Barcelona especializado en Asesoramiento jurídico a empresas

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Si se hace atrás, en nuestra opinión será difícil solicitar daños y perjuicios, por ello siempre es recomendable fijarlo por escrito y con cláusulas indemnizatorias.

Un saludo

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Abogado de Barcelona especializado en Derecho Laboral

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Las palabras se las lleva el viento como se suele decir, aunque el acuerdo verbal obligue, es difícil de demostrar a la hora de la verdad

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