Vecino de al lado problemático

Hola buenas tardes aquí tenemos al vecino de al lado que esta obsesionado con nosotros nos hace la vida imposible con sus portazos sus chillidos no se puede hablar con el porqué no hace ni caso.
El otro dia subia en el anscensor fumando un porro y una mujer que subia en el anscensor con su hija pequeña y le dijo que lo apagara y no hizo ni caso.
Parece que es un poco problemático vive de alquiler que se podia hacer en este caso. Muchas gracias.

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Abogado indemnización accidente trabajo Logroño - A.Fernández
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Buenas noches, según dispone el Artículo 7.2 de la Ley de Propiedad Horizontal, el Presidente de la comunidad, a iniciativa propia o de cualquiera de los propietarios u ocupantes, requerirá a quien realice las actividades prohibidas o en este caso molestas, para la inmediata cesación de las mismas, bajo apercibimiento de iniciar las acciones judiciales procedentes.
Si el infractor persistiere en su conducta el Presidente, previa autorización de la Junta de propietarios, debidamente convocada al efecto, podrá entablar contra él acción de cesación que, en lo no previsto expresamente por este artículo, se sustanciará a través del juicio ordinario. Si la sentencia fuese estimatoria podrá disponer, además de la cesación definitiva de la actividad prohibida y la indemnización de daños y perjuicios que proceda, la privación del derecho al uso de la vivienda o local por tiempo no superior a tres años, en función de la gravedad de la infracción y de los perjuicios ocasionados a la comunidad. Si el infractor no fuese el propietario, la sentencia podrá declarar extinguidos definitivamente todos sus derechos relativos a la vivienda o local, así como su inmediato lanzamiento.
No obstante recuerde que esta respuesta es simplemente orientativa, y la misma no sustituye la necesidad de realizar una consulta más detallada.

A. Fernández Abogado

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
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Abogado Castellón - JULIO PLANELL FALCO
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Le sugiero que le plantee el asunto al Presidente de la Comunidad de Propietarios para que tome cartas en el asunto, y le requiera al inquilino o propietario del piso de modo amigable para que tenga un comportamiento decoroso, de lo contrario, previo acuerdo de la respectiva comunidad de propietarios está facultado para ejercitar las correspondientes acciones legales de cesación.

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Abogado propiedad horizontal / impagados Valencia Mario Mollá Abogados
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art. 7.2 de la Ley de Propiedad Horizontal.

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