Un vecino ha amenazado con matar a mi perro.
ABOGADO IMPAGADOS ASTURIAS ANB ABOGADOS
Abogado de Oviedo especializado en Derecho Administrativo
Buenas tardes:
Estamos especializados en este tipo de casos, ya que colaboramos con una protectora de perros en Oviedo. No es realmente cierto que le haga falta autorización para llevar al perro suelto dentro del recinto del edificio (entiendo que no es un perro peligroso).
Podría ser una falta penal, pero debe usted tomar medidas a fin de que no le haga daño a su perro (hay muchos casos de vecinos que los envenena, por triste que parezca). Se podría intentar enfocar de otra manera, más que una falta de amenazas.
Como acusación se tiene derecho a la justicia gratuita, y en penal no hay tasas. De todas formas, si es usted beneficiario de justicia gratuita no pagaría tasas.
Por favor, no dude en ponerse en contacto con nosotros.
Ana Nikolaeva
ANB ABOGADOS
anb.abogados@gmail.com
Antes de nada, aclarar varios puntos:
1.- sería un juicio de faltas (ni siquiera llegaría a delito) y para iniciar ese proceso tan solo sería necesario que denunciases los hechos en la comisaria más cercana.
2.- ningún procedimiento penal conlleva tasas
3.- a un juicio de faltas se puede ir sin abogado por lo que no se te designaría uno del turno de oficio
4.- si la denuncia fuese por hechos constitutivos de delito (que no es el caso) si tendrías derecho a justicia gratuita si cumples con los requisitos económicos
5.- no es necesario que conozcas el nombre del autor de la amenaza (por ejemplo cuando denuncias un robo no sabes quien lo cometió)
Valora que no hay testigos ni autorización de la comunidad para llevar el perro suelto.
Estimado Sr,
La vía penal está exenta de tasas judiciales. En cualquier caso, sobre el fondo del asunto que plantea, los hechos relatados podrían constituir un delito de amenazas. Pero para poder denunciar los mismos tendría que aportar algún medio de prueba que acreditase que realmente sucedió tal y como usted relata. Dado que de otro modo, sería su palabra contra la del denunciado. Debe acreditar lo que denuncia, ya que recae sobre el denunciante probar los hechos de imputa.
Saludos
David Labrador.
www.legalvia.es