Viajar al extranjero cobrando el parao
Buenas tardes:
Le aconsejo que avise del viaje antes de producirse para que no tenga después que afrontar una contestación a la posible reclamación del SEPE.
Si usted está cobrando subsidio por desempleo y se traslada al extranjero por cualquier causa, si la salida no es superior a 15 días naturales, ya sean continuados o no, durante cada año natural, la prestación se mantiene siempre que pueda cumplir con las obligaciones establecidas en la ley. A la vuelta del extranjero, debe presentarse en la oficina de empleo el primer día hábil siguiente a su regreso.
Si usted está cobrando subsidio por desempleo y se traslada al extranjero por cualquier causa, si la estancia en el extranjero es por un periodo continuado o no, superior a 15 días y de hasta 90 días naturales como máximo dentro de cada año natural, las prestaciones se suspenden. Antes de dicha salida es obligatoria la comunicación previa al Servicio Público de Empleo Estatal y que este autorice dicha salida.
Si es por tiempo superior a 90 días y no lo es para trabajar, buscar trabajo, realizar estudios que mejoren su preparación profesional, o por acciones de cooperación internacional, la prestación o subsidio se extinguen.
Atentamente,