¿Voy a ir a prisión?
Abogado especialista en Rentas Sociales en Barakaldo SANTIAGO GONZALEZ ARIAS
Abogado de Barakaldo especializado en Derecho del Trabajo
Es un robo con fuerza en grado de tentativa por lo que, el art. 240 del Código Penal establece una pena de prisión de 1 a 3 años cuando se hubiese consumado, si, como parece, se trata de una tentativa, la pena es la inferior en grado, que se forma reduciendo en la mitad el extremo inferior de la pena, en este caso 1 año, por lo que la pena sería entre 6 meses y un año si fueses condenado injustamente porque tú no has cometido el robo.
Ciertamente, si niegas los hechos, teniendo en cuenta que el indicio, lo que les hace sospechar, que te has roto el pie es muy circunstancial pudiese ocurrir que no te condenaran, no es segura la condena, la condena será, como hemos dicho, entre 6 meses y un año si la casa no era habitada, si era habitada, si eso es la casa de alguien aunque no estuviese aquél día, la pena es de 2 a 5 años, por lo que la pena d e la tentativa es de 1 a 2 años de cárcel.
Todas las penas de cárcel inferiores a dos años pueden suspenderse para las personas que no tienen antecedentes penales, pudiendo darse el caso de que se condicionase la suspensión a la realización de trabajos en beneficio de la comunidad y, si se ha roto algo, como una ventana o puerta, al pago de los daños que se hayan producido.
No obstante, el procedimiento es largo y habría que observar los datos concretos del caso pero, como una primera aproximación esto es lo que podemos decir.
Abogado separaciones y divorcios Bilbao - Paula Galán Isla
Abogado de Bilbao especializado en Derecho Civil
Quien mejor conocerá el asunto concreto, y las pruebas o indicios que haya en el atestado, etc., es su abogado. Si no ha designado a nadie de forma particular, será el profesional del turno de oficio que le haya asistido en su detención. El o ella son quienes mejor le pueden informar sobre las posibilidades de defensa. No obstante, partiendo de la idea de que es una tentativa y no hay antecedentes, que tenga que cumplir una pena de prisión efectiva no parece lo más probable. En todo caso adelantar más en estos momentos y sin más datos sería prematuro
Abogado tráfico Madrid - GJ Defensa Legal
Abogado de Madrid especializado en Derecho Civil
¿Quiénes le pillaron dentro? La Guardia Civil o los dueños de la vivienda?
En el Atestado habrá otros indicios y pruebas que hayan llegado hasta ustedes y proceder a su detención y no sólo haberse roto un pie como dice.
Informarle de algo sin conocer el Atestado es muy atrevido. Como le han dicho, el abogado que le asistió, tendrá más datos para defenderle de la mejor manera.
Abogado Arrendamientos Bilbao José Luis Rodríguez López Abogado
Abogado de Bilbao especializado en Derecho Civil General
Es necesario estudiar el caso porque por lo que comenta no habría delito, pero el atestado policial se tiene que basar en algo. Si tiene abogado será él quien mejor le puede asesorar, y si no lo tiene designado podemos estudiar su caso si lo desea.