Multa por no identificar al conductor
Abogado Castellón - JULIO PLANELL FALCO
Abogado de Castelló de la Plana especializado en Derecho Urbanístico
Lo que usted expone es una situación compleja, ahora bien es claro usted formulo alegaciones, por consiguiente la presunta bonificación que pudiera tener por pagar dentro de un determinado periodo de tiempos, por ejemplo 20 días, al formular alegaciones desaparece, Aquí se le presentan dos disyuntivas, si la administración tarda en resolver probablemente se le incrementará la multa, salvo que la resolución sea favorable a sus intereses y le sobresean el expediente, y si paga, salvo que indique, sin menoscabo de estar disconforme, implícitamente está admitiendo que ha cometido la presunta infracción.
ABOGADO ABUSOS BANCARIOS SEVILLA Germán Saldaña Espejo
Abogado de Sevilla especializado en Derecho Bancario
Lo que es evidente es que si usted formuló alegaciones que no aparecen en el expediente, se ha producido una nulidad de libro, por lo que no le deben sancionar. Tendría que esperar a que la resolución sea firme en vía administrativa y si no le dan la razón, plantearse si quiere acudir a un recurso contencioso-administrativo, que en este caso, si las cosas son como usted dice, es muy probable que lo gane.