Formación -tras la reforma laboral-  

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Lexdir

La normativa reconoce el derecho de todos los trabajadores a 20 horas de formación pagada por el empresario (art.2) y crea una cuenta de formación, análoga a la vida laboral que elabora la Seguridad Social, que recopilará toda la formación recibida por el trabajador, para facilitar su inclusión en itinerarios de empleo.

Además, el artículo 2 de la ley 3/2012 pretende potenciar la formación permanente de los trabajadores (y en especial, la de los jóvenes) por lo que ha modificado el  contrato para la formación y el aprendizaje.  Ahora el contrato se puede hacer a un trabajador de hasta los 30 años (la anterior reforma lo contemplaba hasta los 25 años), mientras la tasa de paro juvenil en España supere el 15%.

El artículo 3 prevé reducciones de cuotas en estos contratos para desempleados inscritos antes de 1 de enero de 2012, entre el 75 y el 100%, dependiendo de la plantilla.