La reforma de la Ley de Extranjeria

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UrdiaLex Abogados

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Abogado de Torremolinos especializado en Derecho Extranjería

Comentamos las principales novedades de la citada reforma de 2011

Tras la reforma del año 2011 el gobierno introduce importantes novedades en los diferentes tipos de permisos que se regulan en el “Real Decreto 557/2011, de 20 de abril, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley Orgánica 4/2000, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social, tras su reforma por Ley Orgánica 2/2009”. Esta desarrolla la “Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social.”.

La nueva regulación se adapta a los nuevos ciclos migratorios, asimismo pretende tener más rigor, objetividad y transparencia en los procesos administrativos sobre la inmigración. Combina normas sobre la realización de los pasos por parte de los ciudadanos extranjeros, acelerando los mismos y proporcionando servicios a través de las nuevas tecnologías de la administración pública.

Los puntos más importantes son los siguientes:

*Garantizar la movilidad de los extranjeros, así como asegurar un procedimiento más ágil a los extranjeros admitidos para el regreso voluntario a sus países de origen. El gobierno buscó con esto que los extranjeros sin trabajo volvieran a sus países de origen esperando que la situación mejorara reconociendo los años que trabajaron en España. De esta forma, si el inmigrante decide volver a España no perderá los años contribuidos teniendo que esperar 3 años para volver a España, pero con prioridad para acceder a los contratos iniciales.

* Introduce con mayor rigor el cumplimiento del contrato por parte de los empleados y los trabajadores extranjeros castigando a quien no cumpla el acuerdo alcanzado impidiéndole la contratación en los 3 años siguientes.

* Por otro lado, la antigüedad laboral no cambia, serán necesario 3 años ser capaces de mantener el periodo continuo en España. Pero el Ministerio de Inmigración y Trabajo es libre de negarlo si lo cree oportuno. Ahora, únicamente se requiere demostrar 6 meses de relación laboral.

* Excelente noticia es la modificación e introducción de una nueva figura jurídica para la antigüedad familiar afectando a la normativa de padres con niños españoles menores siempre que vivan juntos y los tengan a su cuidado.

*La orden de expulsión contra mujeres maltratadas, que estén en situación irregular y denuncien a su agresor, dejará de surtir efecto hasta que haya sentencia firme.

*Ahora sólo es necesario el aprendizaje del idioma español valorando además el esfuerzo de integración realizado. 

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