Obligaciones Subordinadas y Preferentes (Banco CEISS)

Guía publicada por:

Desde EAG Abogados queremos ofrecer una serie de consejos y aclaraciones a los afectados por las preferentes y por las obligaciones subordinadas:


ARBITRAJE SI o NO: El gran problema del arbitraje es que se trata de una vía incierta e imprevisible. Además, ofrece menos garantías que la vía judicial, donde se asegura la imparcialidad del juez y la seguridad jurídica. A modo de ejemplo, el experto independiente que valoraró en el caso de Bankia qué solicitudes de arbitraje son aceptadas y decidió las cantidades máximas a abonar es una consultora que trabaja con Bankia, KPMG. EN el caso de CEISS, se ha anunciado que será una empresa contratada por el propio FROB, PwC SL, quién decidirá. Ello reduce drásticamente las garantías y la impracialidad que sí ofrece la Justicia.

Otra desventaja del arbitraje es que una vez que acepte someterse al mismo no podrá acudir posteriormente a la vía judicial ya que tendrá que firmar un documento en el que renuncia a las acciones judiciales.

Y entones, ¿cuál es la ventaja del arbitraje? El precio. Es una vía mucho más económica que la vía judicial. Por tanto, a pesar de que en general desaconsejamos acudir al arbitraje, esta vía puede ser la solución para quienes tenga una pequeña cantidad de dinero en preferentes o subordinadas, ya que seguramente no les merece la pena, económicamente hablando, acudir a la vía judicial. 

DEMANDA CONJUNTA O INDIVIDUAL: En EAG Abogados hemos optado por presentar las demandas de forma individual para conseguir una mayor efectividad. Estimamos que cada caso es un mundo, y dada la complejidad del asunto, creemos que la mejor forma de defender los derechos de nuestros clientes es tratar su asunto de manera individualizada, con atención personalizada e inmediata.

¿Cuál es entonces la diferencia? En las demandas conjuntas los precios suelen reducirse ya que se compartirían ciertos gastos con otros afectados. El inconveniente es que su asunto no se llevará de forma individual, y por tanto, el juzgador no podrá entrar a valorar si en su caso se produjo o no engaño ni si se facilitó o no toda la información, si no que se limitarían a analizar los hechos en su conjunto, y por tanto sería más difícil de acreditar el engaño o abuso de confianza. Por ello hemos rechazado la opción de presentar una demanda conjunta.

No dude en ponerse en contacto con nosotros para ampliar esta u otra información al respecto. Para ello puede visitar nuestra página web eagabogados. o bien puede rellenar el formulario de solicitud de información del perfil de Estefanía Álvarez González en lexdir (Abogados en Zamora).

EAG Abogados

Pedir más información sin compromiso