Patria potestad

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Patria potestad y guardia y custodia son figuras distintas que funcionan de forma independiente. Mientras que la patria potestad se centra en la representación general de los hijos, la guarda y custodia alude a la convivencia habitual o diaria con ellos.

La patria potestad  se podría definir como aquellos deberes y derechos que cada progenitor tiene en relación con sus hijos. A nivel práctico es la capacidad de decidir sobre ellos, así como de representar a los hijos y a sus bienes. A excepción de casos muy graves, la patria potestad está siempre compartida entre los cónyuges.

En los supuestos más graves de conducta inadecuada por parte uno o de ambos progenitores, el juez puede adoptar, con el objetivo de beneficiar al hijo, la privación de la patria potestad en la misma sentencia de nulidad, separación o divorcio.

La normativa también prevé que los padres puedan aprobar en convenio regulador, en beneficio de los hijos, que la patria potestad sea ejercida total o parcialmente por uno de los cónyuges.