5meses falta cumplio 27 marzo
ABOGADO DESPIDOS BARCELONA IB ABOGADOS
Abogado de Barcelona especializado en Derecho del Trabajo
Buenos días,
Efectivamente el plazo de prescripción de las faltas es de 6 meses. Para comprobar que efectivamente la falta ha prescrito se debe revisar el expediente judicial para tener la seguridad que han pasado más de 6 meses entre dos actuaciones judiciales y el proceso ha permanecido inactivo.
Si visita el Juzgado y pide el expediente lo podrá comprobar.
Suerte
Un saludo
Advocat Divorci Mataró Mª TERESA ALIBERAS MORROS
Abogado de Mataró especializado en Derecho de Familia
Es cierto las faltas prescriben a los 6 meses siempre que no se haya efectuado diligencia alguna, cuestión que no se sabe si no se mira el expediente judicial, porque lo que se realice no te lo notifican. Espera un poco más y si no recibes nada entonces pasa por el Juzgado a comprobar si está prescrito.
Saludos cordiales
Abogado de Divorcio Rubí Ecumen Advocats
Abogado de Rubí especializado en Derecho de Familia
Totalmente de acuerdo con lo dicho por los otros abogados. En su lugar, no haría nada y me esperaría a que le comunicaran cualquier cosa, y solo entonces, si no lo han archivado, compruebe la prescripción.
Abogado accidentes Bilbao Tamara Diez
Abogado de Bilbao especializado en Derecho Civil General
Si no ha habido ninguna actuación tendente a la averiguación de los hechos, prescribe.
Pero el juzgado ha podido estar haciendo actuaciones aunque no le hayan citado, por lo que en este caso no prescribe.
ISIDRO GÓMEZ DOMÍNGUEZ - ABOGADO DIGITAL
Abogado de Bilbao especializado en Responsabilidad Civil
La prescripción se produce si no ha existido ninguna actividad judicial en ese tiempo, no se computa desde el hecho, sino desde la última actuación, espere a ver que sucede. Saludos.