Accidente bicicleta/vehículo
Abogado tráfico Madrid - GJ Defensa Legal
Abogado de Madrid especializado en Derecho Civil
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1 profesionales de acuerdo
Si tiene derecho a reclamar tanto por los daños físicos si los ha sufrido como por los daños materiales de la bicicleta u otros accesorios que llevara encima y hayan resultado dañados.
Si ha resultado con daños físicos acuda a urgencias antes de que transcurran el plazo de 72 horas desde la producción del accidente al objeto de que no se rompa el nexo causal.
En principio por lo que cuenta es una imprudencia leve del conductor, por lo que actualmente no se persigue vía penal, y por tanto no cabe denuncia, si no que se exige una reclamación extrajudicial a la compañía aseguradora del vehículo y si no le indemnizan presentar demanda civil.
No dude en ponerse en contacto con nosotros y le atenderemos gustosamente.
Reciba un cordial saludo.
Eugenio Sanz - Abogado en Madrid
Abogado de Madrid especializado en Derecho Civil General
Estimado Sr/Sra: Tiene derecho a reclamar tanto los daños en la bicicleta como los daños físicos que haya podido sufrir. Por partes: 1) Para reclamar los daños materiales deberé hacerse con un presupuesto o una factura de lo que cueste reparar la bicicleta para así poder reclamárselo al seguro del coche. 2) Para reclamar daños físicos, en el caso de que los haya sufrido, debe acudir al médico en el plazo de 72 horas desde el accidente y deberá conservar todos los partes médicos derivados del tratamiento que reciba, una vez haya terminado el tratamiento médico podrá calcular lo que le corresponde. En nuestro despacho somos expertos en materia de circulación por lo que quedamos a su entera disposición para lo que precise. Un cordial saludo.
Abogado a Comisión en Madrid Blanco Segarra Abogados
Abogado de Madrid especializado en Responsabilidad Civil
Buenos días, si la reclamación es exclusivamente por daños materiales, tendrá que pedir un presupuesto en algún taller de bicicletas para que le presupuesten el arreglo y después reclamarlo a la compañía de seguros del contrario. Si además ha sufrido lesiones personales, tiene derecho a recibir rehabilitación sin coste en alguna clínica que tenga convenio (hay muchas) y a resultas de su tratamiento y las posibles secuelas que tenga reclamar por ese concepto.
No merece la pena que denuncie porque los hechos de la circulación, salvo aquellos es los que medie circulación bajo loe efectos de tóxicos o imprudencias muy graves, están despenalizados desde julio de 2015.
Espero haberle ayudado con mi respuesta.
Abogado Herencias Logroño Blasco Abogados
Abogado de Logroño especializado en Derecho Administrativo
Lo importante es que el conductor reconozca los hechos y haya dado parte a su compañía de seguros; pero también lo bastante habitual es que el seguro trate de barrer para casa y de racanear a la hora de pagar una indemnización, aunque no siempre, por lo que antes de firmar nada, consulte con un abogado y, si todo esto le viene grande, contrate también a un abogado para que gestione su reclamación y defienda sus intereses. Si desea que le asesoremos, puede contactar con nosotros y pedirnos un presupuesto, anticipándole que en estos casos cobramos cuando usted cobra.
Si han existido daños físicos, debe ir al médico de urgencias y que le haga un parte de lesiones, para interponer la denuncia.
Si solo han existido daños materiales en la bicicleta tendrá que pedir un presupuesto de reparación y hacer la reclamación al seguro del contrario, en caso de que no sea satisfactoria deberá de interponer una demanda civil de reclamación de daños y perjuicios.