¿el alquiler de temporada se puede prorrogar?
ABOGADO ABUSOS BANCARIOS SEVILLA Germán Saldaña Espejo
Abogado de Sevilla especializado en Derecho Bancario
Los contratos de arrendamiento de vivienda se pueden pactar por la duración que quieran las partes, pero existe un derecho de prórroga forzosa para el arrendador y voluntaria para el inquilino hasta una duración máxima de 5 años. Es decir, si usted tiene un contrato por 12 meses, al finalizar esos 12 meses el contrato se prorrogará automáticamente por otros 12 meses salvo que usted diga lo contrario, y al finalizar esos 12 meses, por otros 12 meses más, y así hasta llegar a 5 años, momento en que ya el propietario puede denegarle la prórroga. Para la efectividad de las prórrogas no es necesario hacer nuevo contrato, vale el que hicieron al principio del alquiler.
González Castro - Abogado
Abogado de Santa Cruz de Tenerife especializado en Derecho Penal Común
Hola. Tengo entendido que actualmente los contratos de arrendamiento deben hacerse por un periodo de cinco años. No obstante, siendo por temporada el suyo e indicando que es prorrogable, se entiende que lo será por el mismo periodo, doce meses.
Puede enviarme el contrato para revisarlo sin compromiso.
Abogado Divorcios Hospitalet AG abogados
Abogado de Barcelona especializado en Derecho de Familia
Buenos días, deberíamos leer las clausulas de su contrato, primera visita gratuita. www.agabogados.cat