Alquiler de vivienda con opción de compra.

Voy a alquilar un piso con una opción de compra y el propietario sólo firmará si ponemos que el alquiler se acabe en un año. ¿Si luego no quiero comprar y el contrato se termina tengo que abandonar el piso? Gracias.

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Abogado de Divorcio Rubí Ecumen Advocats

Abogado de Divorcio Rubí Ecumen Advocats

Abogado de Rubí especializado en Derecho de Familia

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El alquiler tendrá una duración mínima de tres años, independientemente de que lo firmen con una duración de un solo año, y no hacer uso de la opción de compra no será causa de resolución anticipada. Tenga en cuenta que si se pone por años, usted puede renunciar a la prorroga si preavisa con 30 días de antelación su intención de no renovar.
Cosa distinta es que el propietario necesite por razones familiares disponer de la vivienda antes de que pasen los tres años, pero eso solo podrá hacerlo una vez se haya cumplido el primer año, preavisándole dos meses antes, y además debiendo efectivamente ocupar el inmueble (si no es así deberá indemnizarle).
Espero haberle aclarado sus dudas, agradeciéndole que marque esta respuesta con una valoración positiva si ha sido de utilidad.

Gracias y un cordial saludo.

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Advocat Divorci Mataró Mª TERESA ALIBERAS MORROS
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Actualmente la duración mínima de los contratos de vivienda es de tres años. Si Ud. desea dejar antes la vivienda antes de la finalización del contrato tiene que avisar con antelación. Una vez terminado el contrato es cuando ha de dejar la vivienda.
Si cuando acabe el contrato no quiere ejercitar su derecho de opción a compra pierde todas las mensualidades abonadas, todo ello ha de quedar perfectamente reflejado en el contrato para que no haya lugar a duda a la hora de finalización.
Espero haya sido de su ayuda y quedamos a su disposición para cualquier aclaración al respecto en nuestro despacho.

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León Bendayán

León Bendayán

Abogado de Sevilla especializado en Derecho Inmobiliario

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Para empezar, la cláusula que obliga a que la duración del alquiler sea de tan solo un año es nula, ya que por ley el inquilino tiene derecho a permanecer al menos 3 años.
Aparte de eso, si Ud. no ejercita la opción de compra, eso no significa que el arrendamiento se termine, sino que dependerá de lo que diga la LAU.

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AC ABOGADOS

AC ABOGADOS

Abogado de Palencia especializado en Derecho Penal Común

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Si quiere podemos realizar un contrato que le blinde perfectamente e incluso asegurarnos de su inquilino.

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