¿Me pueden desalojar de la vivienda donde vivo sin contrato?

Llevo 3 años en una casa rústica de alquiler, me la alquiló un chico que alquila la casa a los dueños. Estamos sin contrato y ahora el dueño la quiere vender. ¿Tengo algún derecho para seguir en la casa? ¿El nuevo comprador me puede echar? ¿Tengo prioridad para que me vendan la casa preferentemente antes que a nadie? Gracias.

Respuestas de otros profesionales:
Plus
Abogado de Divorcio Rubí Ecumen Advocats

Abogado de Divorcio Rubí Ecumen Advocats

Abogado de Rubí especializado en Derecho de Familia

VER PERFIL
  • 1 voto útil
Contestado

Al no tener un contrato directo con el propietario, en principio no tiene ningún derecho de adquisición preferente. Suponiendo que en la actualidad estuviera usted pagándole directamente al propietario, entonces sí tendría un contrato verbal de alquiler con él y por tanto sí tendría un derecho de adquisición preferente al no constar renuncia expresa a dicho derecho en ningún contrato. Pero por su pregunta parece más probable que no sea así.
El contrato es anterior a la reforma de la ley de arrendamientos del pasado junio de 2013, con lo que la venta no debería suponer la resolución del arrendamiento respecto a ustedes, sobretodo si puede demostrar que el propietario tiene conocimiento de que son ustedes los subarrendatarios; Pero es responsabilidad de quien les alquiló garantizar el cumplimiento del contrato verbal con ustedes, por tanto deberían informarse a través de él si el contrato que tenía con el propietario se ha resuelto y por eso van a venderlo.
Le recomiendo que envíe un burofax a ambos (al chico que les alquiló y al propietario) manifestando su deseo de mantener la vigencia del subarrendamiento, requiriéndoles que le notifiquen con antelación cualquier operación que pueda perturbar su derecho como legítimo arrendatario, y designando como lugar de notificación la propia finca. No obstante, convendrá negociar, de modo que le sugiero que solicite consejo de un abogado de la zona.
Si mi respuesta le ha sido de ayuda, le agradecería que la marcara aquí abajo como "respuesta útil" o "mejor respuesta" si así lo considera.

Un cordial saludo.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
Basic
ABOGADO IMPAGADOS ASTURIAS ANB ABOGADOS
Contestado

Buenos días:

Es un asunto complejo y tiene bastante que ver también con los medios de prueba de que dispone: si paga el alquiler en efectivo o por transferencia, si tiene algún tipo de recibí...

Asimismo, es importante saber a quien paga el alquiler y el contrato que tiene el chico que les alquila la casa con el propietario.

Nos ponemos a su disposición si quiere concertar una cita con nosotros.

Un cordial saludo,

Ana Nikolaeva
ANB ABOGADOS

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
Premium
ABOGADO DIVORCIO OVIEDO GONZALEZ LAVIADA ABOGADOS
Contestado

Es un asunto complejo del que necesitaría tener todos los datos para poder darle una respuesta exacta. Parece que no tiene contrato ni usted ni el que se la subarrendó, no sé quien paga el alquiler al propietario. Si usted no paga al propietario y no puede acreditar que el propietario sabe que usted ocupa la vivienda no tendría derecho a tanteo. Le aconsejo que consulte con un abogado.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
Basic
Logo-anonimous-w100
Contestado

Efectivamente, el subarriendo de que disfruta se puede resolver a instancias del arrendatario, del arrendador o del nuevo propietario, pero las consecuencias y el régimen legal varían según la casa se haya alquilado para vivienda personal, como residencia de recreo (por ejemplo fin de semana o segunda vivienda), o como negocio susceptible de explotación económica.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado